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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 22 de abril de 2016 Pág. 14965

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2016, de la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, de aprobación definitiva del proyecto de delimitación del núcleo rural histórico-tradicional de Cadoira, situado en la parroquia de Torneiros, del ayuntamiento de Pol (expediente PTU-LU-14/076).

El Ayuntamiento de Pol remite proyecto de delimitación de julio 2015, suscrito por la consultora Monsa Urbanismo, S.L., a los efectos de su aprobación definitiva, según lo previsto en la disposición adicional segunda.2, de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia (LOUG).

Analizada la documentación aportada por el ayuntamiento y vista la propuesta suscrita por la Subdirección General de Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

I.1. El Ayuntamiento de Pol carece de planeamiento general, disponiendo de un proyecto de delimitación de suelo urbano aprobado el 1.7.1980. Los terrenos exteriores al mismo –como los afectados por la presente delimitación– se rigen por las normas de aplicación directa de la LOUG y, en el que no se opone a éstas, por las normas complementarias y subsidiarias de planeamiento provincial.

I.2. De acuerdo con la documentación remitida por el ayuntamiento, la tramitación incluyó:

– Aprobación inicial de la delimitación (14.3.2014).

– Exposición pública, con anuncios en El Progreso (23.4.2014), La Voz de Galicia (24.4.2014) y DOG (5.5.2014). Según informe de la secretaría municipal (10.11.2015), no se presentaron alegatos.

– Emisión de informe de la Dirección General del Patrimonio Cultural -DXPC- (6.5.2015), favorable condicionado.

– Emisión de informe de la Dirección General de Telecomunicaciones del Ministerio de Industria (6.5.2015), favorable.

– Aprobación provisional de la delimitación (11.11.2015).

II. Aspectos generales. Contenido.

Se propone la delimitación, como núcleo rural histórico-tradicional, del asentamiento poblacional de Cadoira, con una superficie bruta de unas 0,7 ha.

El proyecto delimita el núcleo, determina las alineaciones y zonas edificables, regulando las condiciones de uso y edificación. No se identifican elementos de valor cultural ni dotaciones.

III. Análisis y consideraciones.

III.1. Obran en el expediente informes en materia de telecomunicaciones, favorable; y de patrimonio cultural, favorable condicionado a la adopción de unas medidas que constan integradas en el proyecto aprobado provisionalmente.

III.2. El asentamiento cumple las determinaciones establecidas en el artículo 13 de la LOUG para los núcleos rurales: cuenta con topónimo oficial –Cadoira– reconocido en el Nomenclátor oficial de entidades de la provincia de Lugo (Decreto autonómico 6/2000); la distancia máxima (50 m medidos desde las edificaciones tradicionales) y consigue el requisito de consolidación del 50 % establecidos en el artículo 13.3.a) de la LOUG.

Luego, se pudo comprobar que se acredita el cumplimiento de los requisitos establecidos por la disposición adicional segunda.2 de la LOUG, y que se incorporan las condiciones impuestas por el informe de la DGPC.

De acuerdo con el punto 2 de la disposición adicional segunda de la LOUG, y con el artículo 3.a) en relación con la disposición transitoria segunda del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por lo que se establece la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los expedientes de delimitación de suelo de núcleos rurales le corresponde a la secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

IV. Resolución

Visto cuanto antecede, resuelvo:

IV.1. Aprobar definitivamente la delimitación de suelo de núcleo rural histórico-tradicional de Cadoira, parroquia de Torneiros, del Ayuntamiento de Pol.

IV.2. Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

IV.3. Notifíquese al Ayuntamiento; y publiquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de marzo de 2016

María Encarnación Rivas Díaz
Secretaria general de Ordenación del Territorio y Urbanismo

ANEXOmissing image file