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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 80 Miércoles, 27 de abril de 2016 Pág. 15577

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela

EDICTO (1001/2015).

Juicio verbal 1001/2015

Procedimiento de origen: sobre privación de la patria potestad

Demandante: Ver_PDF

Procuradora: María José Barreira Fernández

Abogado: Alberto González-Abraldes Iglesias

Demandado: Paul Anthony O’Reilly

Cristina Cao Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela, por el presente,

Anuncio:

En el presente procedimiento seguido a instancia de Ver_PDF frente a Paul Anthony O’Reilly en situación de rebeldía procesal, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que estimando parcialmente la demanda de juicio verbal interpuesta por la procuradora Sra. Barreira Fernández en nombre y representación de Ver_PDF asistida del letrado Sr. González Abraldes frente a Paul Anthony O’Reilly declarado en rebeldía procesal con intervención de la representante del Ministerio Fiscal dada la concurrencia de hija menor de edad Ver_PDF y por ello privar al demandado de la patria potestad sobre la menor, atribuyendo en exclusiva la titularidad y ejercicio de la patria potestad sobre la misma a su madre.

No procede efectuar especial pronunciamiento sobre las costas del presente proceso.

Esta resolución no es firme y frente a la misma cabe interponer recurso de apelación en los plazos y términos previstos en la vigente Ley de enjuiciamiento civil para su resolución por la Audiencia Provincial de A Coruña (artículos 458 y ss y 776 de la Ley de enjuiciamiento civil) previa consignación del depósito previsto en la disposición adicional 15 de la LOPJ.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Roberto Soto Sola, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de esta localidad y su partido judicial.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Paul Anthony O’Reilly se extiende el presente edicto para que sirva de cédula de notificación.

Santiago de Compostela, 7 de abril de 2016

La secretaria judicial