De acuerdo con lo establecido en el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, esta dirección general dispone la publicación del acuerdo que figura como anexo a esta resolución.
Santiago de Compostela, 25 de abril de 2016
Blanca García-Señoráns Álvarez
Directora general de Relaciones Institucionales y Parlamentarias
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General
del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia en relación con la Ley 2/2016,
de 10 de febrero, del suelo de Galicia
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Galicia, en su reunión de 12 de abril de 2016, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 22.d); 30; 31; 34; 42.6; 85.1; 129; 130 y 131 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
Segundo. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
Tercero. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica del Tribunal Constitucional, así como insertarlo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de Galicia.
Madrid, 12 de abril de 2016
Cristóbal Montoro Romero |
Alfonso Rueda Valenzuela |