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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 92 Lunes, 16 de mayo de 2016 Pág. 18894

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Orden de 28 de abril de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos de educación para el desarrollo por parte de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, y se procede a su convocatoria para el año 2016.

BDNS (Identif.): 305955.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Las entidades beneficiarias de la concesión de subvenciones serán las organizaciones no gubernamentales para el desarrollo que estén inscritas en la sección A del Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo y las agrupaciones lideradas por ONGD con los otros agentes de cooperación definidos en la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo.

No se considerarán agrupación de entidades aquellas que estén formadas por una asociación o federación a la que pertenezca dicha organización, o aquellas en las que los órganos de gobierno sean coincidentes, total o parcialmente, en todas las entidades agrupadas.

Segundo. Objeto

Estas bases regulan la concesión de subvenciones para proyectos desarrollados dentro de alguna de las cuatro dimensiones siguientes:

a) Sensibilización y concienciación de la opinión pública en materia de cooperación para el desarrollo y causas de la pobreza.

b) Formación sobre el desarrollo y difusión en los ámbitos educativos del conocimiento de la realidad de los países empobrecidos y de la cooperación para el desarrollo.

c) Investigación sobre el desarrollo.

d) Incidencia, participación y movilización social para crear redes de solidaridad en nuestra sociedad.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 28 de abril de 2016 por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos de educación para el desarrollo por parte de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, y se procede a su convocatoria para el año 2016.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas ayudas se destina un crédito por un importe total de 325.000 euros (130.000 euros en el año 2016 y 195.000 euros en el año 2017), que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 05.26.331A.481.0.

El importe máximo que se podrá financiar será hasta el 95 % del presupuesto total del proyecto, no superando en ningún caso la subvención concedida los 35.000 euros. Para proyectos que se ejecuten solo durante el año 2016, la subvención máxima concedida será de 25.000 euros.

En los proyectos presentados por varias entidades en agrupación, la subvención concedida no superará el límite de los 45.000 euros. Para proyectos en agrupación que se ejecuten solo durante el año 2016, la subvención máxima concedida será de 35.000 euros.

La subvención concedida a los proyectos plurianuales se distribuirá de la siguiente manera: el 40 % en el año 2016 y el 60 % en el año 2017.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de abril de 2016

Beatriz Cuiña Barja
Secretaria general técnica de la Consellería de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia