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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Martes, 2 de agosto de 2016 Pág. 34326

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (1330/2013).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número cuatro de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 1330/2013, a instancia de Felipe Manuel Santiago Pedrosa contra la empresa S&V Seguridad, S.A., la empresa Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. (desistida) y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 1.1.2013 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima la demanda formulada por Felipe Manuel Santiago Pedrosa frente a las empresas S&V Seguridad, S.A. y Prosegur Compañía de Seguridad, S.A. (desistida), con intervención del Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

-Se condena a la empresa S&V Seguridad, S.A. a abonar a Felipe Manuel Santiago Pedrosa la cantidad de ochocientos cuarenta y seis euros con noventa y cinco céntimos (846,95 euros), devengando los conceptos salariales el interés moratorio previsto en el artículo 29.3 del ET.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de los demás motivos previstos en el artículo 191 de la LRJS

La competencia para conocer el recurso de suplicación corresponderá, en su caso, al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa S&V Seguridad, S.A., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 5 de julio de 2016

La secretaria judicial