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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 145 Martes, 2 de agosto de 2016 Pág. 34338

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (231/2013).

Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber aue en el procedimiento ordinario 231/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alberto Luis Cereijo Gago contra Sportauto Santiago, S.L. sobre cantidad, se ha dictado sentencia con el número 179/2016, en fecha 27 de junio de 2016, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Vistos por mí, Paula Méndez Domínguez, magistrada del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, los presentes autos número 231/2013 sobre procedimiento ordinario, seguidos a instancia de Alberto Luis Cereijo Gago, representado y asistido por el letrado Sr. Lobato Iglesias, contra Sportauto Santiago, S.L., quien no ha comparecido al acto del juicio oral, y Fogasa, que no ha comparecido al juicio oral, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución española, dicto la presente sentencia, con base en los siguientes»,

«Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Alberto Luis Cereijo Gago contra Sportauto Santiago, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar al demandante la suma de 6.778,42 euros por los conceptos desglosados en el hecho probado cuarto de esta sentencia, más los intereses por mora previstos en el artículo 29.3 del ET respecto de dicha cantidad devengados desde la fecha de presentación de la papeleta de conciliación hasta la presente resolución, y los del artículo 576 de la LEC a partir de esta resolución.

En lo que atañe a la responsabilidad del Fogasa deberá estarse a lo que resulte de la aplicación del artículo 33 del ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará a la letrada de la Administración de justicia para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Sportauto Santiago, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y su fijación en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2016

La letrada de la Administración de justicia