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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 171 Jueves, 8 de septiembre de 2016 Pág. 39540

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 11 de agosto de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de redes de distribución de energía térmica con equipamientos de generación con biomasa, para el año 2016, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020.

BDNS (identif.): 316170.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarias

a) Las entidades locales de Galicia y entidades dependientes de las mismas.

b) La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades instrumentales de ella dependientes.

c) Las universidades del Sistema universitario gallego.

d) Las entidades sin ánimo de lucro.

e) Las empresas legalmente constituidas.

Podrá existir una diferenciación entre el titular de la instalación solicitada y la titularidad de los centros consumidores de energía. En estos casos, si el solicitante forma parte del sector público, deberá justificarse el desarrollo del proyecto con convenios o acuerdos firmados con los titulares de los centros consumidores de energía, alcanzando el 50 % del consumo energético previsto en su solicitud. Por otro lado, el solicitante también podrá ser una empresa de servicios energéticos que suministre energía térmica a distintos consumidores (sector público, empresas, residencial, entidades sin ánimo de lucro…) .

Segundo. Objeto

El objeto de estas bases es apoyar proyectos con fines de ahorro energético y fomento del uso de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones de equipamientos térmicos que utilicen biomasa como combustible con un esquema de funcionamiento basado en una generación térmica centralizada y una distribución de esta energía a puntos de consumo mediante redes.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Resolución de 11 de agosto de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para proyectos de redes de distribución de energía térmica con equipamientos de generación con biomasa, para el año 2016, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2014-2020.

Cuarto. Cuantía

1. La cuantía global de la convocatoria asciende a 4.500.000 euros. La financiación de la convocatoria se corresponde con fondos comunitarios derivados del programa Galicia 2014-2020 Feder en un 80 % y financiación privada en un 20 %.

Ayudas a proyectos de redes de distribución de calor con biomasa

Beneficiarias

Aplicación presupuestaria

Anualidad 2016

Anualidad 2017

Total

Total

Total

Administración pública autonómica

09.A2.733A.714.2

1.500.000

100.000

1.600.000

Administración pública local

09.A2.733A.760.5

1.650.000

115.000

1.765.000

Empresas

09.A2.733A.770.5

1.000.000

70.000

1.070.000

Instituciones sin ánimo de lucro

09.A2.733A.781.1

59.658

5.342

65.000

Total

4.209.658

290.342

4.500.000

2. La cuantía de la subvención será de un 75 % del coste elegible en caso de que los beneficiarios sean:

a) Entidades locales.

b) Sector público autonómico y universidades del Sistema universitario gallego.

c) Entidades sin ánimo de lucro (que no realicen actividad económica).

La cuantía de la subvención será de un 45 % del coste elegible en caso de que los beneficiarios sean empresas, sus agrupaciones y asociaciones, así como entidades sin ánimo de lucro que realicen actividad económica. En caso de pequeñas empresas, la ayuda se incrementará en 20 puntos porcentuales y, en el caso de medianas empresas, en 10 puntos porcentuales. Se aplicarán incrementos similares a las entidades sin ánimo de lucro que tengan actividad económica, teniendo en cuenta, para definir su tamaño, criterios similares a los que se aplican a las empresas.

3. La cuantía máxima de la ayuda por proyecto o por solicitante será de 1.000.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes, a contar desde el siguiente a aquel en que se publiquen las presentes bases en el DOG.

La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario electrónico normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es).

Junto con la solicitud se presentarán, anexadas, copias digitalizadas de la documentación complementaria.

Santiago de Compostela, 11 de agosto de 2016

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia