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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 249 Viernes, 30 de diciembre de 2016 Pág. 57064

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (1162/2013).

Yo, Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, da fe y certifica que en este juzgado se siguen autos número 1162/2013, a instancia de Isabel Rojo Ruibal contra la empresa ClasscenterCambridge, S.L. sobre reclamación de cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 28 de noviembre de 2016 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallo

Se estima la demanda formulada por Isabel Rojo Ruibal frente a la empresa ClasscenterCambridge, S.L. y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa ClasscenterCambridge, S.L. a abonar a Isabel Rojo Ruibal la cantidad de seiscientos veintiocho euros (628 euros).

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de los demás motivos previstos en el artículo 191 de la LRJS.

La competencia para conocer el recurso de suplicación corresponderá, en su caso, al Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarse el mismo en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social, o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa ClasscenterCambridge, S.L. expido y firmo el presente.

A Coruña, 12 de diciembre de 2016

La secretaria judicial