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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 16 de febrero de 2017 Pág. 7683

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

DECRETO 16/2017, de 2 de febrero, por el que se crea el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Ourense por segregación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de A Coruña, Pontevedra y Ourense.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 150.2 de la Constitución Española, la Ley 16/1995, de 27 de diciembre, de transferencia de competencias a la comunidad autónoma gallega, transfiere en el marco de la legislación básica del Estado el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de corporaciones de derecho público representativas de intereses económicos y profesionales.

La transferencia en materia de colegios oficiales y profesionales se hizo efectiva a través del Real decreto 1643/1996, de 5 de julio, y se asumió por Decreto 337/1996, de 13 de septiembre.

La Ley 11/2001, de 18 de septiembre, de colegios profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia regula en el artículo 15.2 la modificación del ámbito territorial de los colegios profesionales por segregación de un colegio preexistente, de conformidad con lo dispuesto en sus estatutos, y que será aprobada por decreto de la Xunta de Galicia.

El acuerdo de segregación fue aprobado por la Asamblea General Extraordinaria del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de A Coruña, Pontevedra y Ourense en fecha 30 de junio de 2016, previa solicitud de la Delegación del Colegio de Ourense.

Previa tramitación del procedimiento correspondiente, y considerando que se cumplen los requisitos de legalidad establecidos en la normativa, por propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y luego de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del dos de febrero de dos mil diecisiete,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto

Se crea el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Ourense, por segregación del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de A Coruña, Pontevedra y Ourense, con personalidad jurídica propia y capacidad para el cumplimiento de sus fines.

Artigo 2. Ámbito territorial y personal

El ámbito de actuación del Colegio es el territorio de la provincia de Ourense, y agrupa a los profesionales actualmente colegiados que tengan domicilio único o principal en la provincia de Ourense, y a los que en el futuro sean admitidos por reunir los requisitos de colegiación vigentes.

Disposición transitoria única. Asamblea constituyente

La Delegación de Ourense del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de A Coruña, Pontevedra y Ourense, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de este decreto, deberá convocar una asamblea general extraordinaria que tendrá el carácter de asamblea constituyente del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Ourense, a la que deberán convocar a todos los colegiados con domicilio en la provincia de Ourense, que deberá elaborar y aprobar los estatutos de Colegio y elegir los miembros de sus órganos de gobierno.

Los estatutos aprobados, se remitirán a la consellería competente en materia de colegios profesionales para su aprobación definitiva y publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final única. Entrada en vigor

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, dos de febrero de dos mil diecisiete

Alberto Nuñez Feijóo
Presidente

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones
Públicas y Justicia