Yo, Nuria Ramudo Rodríguez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ortigueira, por el presente, anuncio:
En el presente procedimiento seguido a instancia de Miguel José Pita frente a Kenia Moreira se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
Sentencia.
En Ortigueira a treinta y uno de enero de dos mil diecisiete.
Vistos por mí, Diana Vales Laguna, jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Ortigueira, los presentes autos de divorcio contencioso registrados con el número 284/2016 en los que han intervenido, como demandante Miguel José Pita Hernández, asistido del letrado J. Raúl Meizoso Meizoso y representado por la procuradora Consuelo García García, y como demandada Kenia Moreira dos Santos, declarada en rebeldía procesal...
Fallo que, estimando totalmente la demanda presentada por la procuradora Consuelo García García, en nombre y representación de Miguel José Pita Hernández, debo acordar y acuerdo la disolución por divorcio del matrimonio formado por Miguel José Pita Hernández y Kenia Moreira dos Santos con todos los efectos previstos en la ley...
Y encontrándose dicha demandada, Kenia Moreira, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Ortigueira, 7 de febrero de 2017
La letrada de la Administración de justicia