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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Viernes, 17 de marzo de 2017 Pág. 13121

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 27 de febrero de 2017 por la que se autorizan, en la modalidad a distancia, los módulos del bloque común y del bloque específico de las enseñanzas de técnico deportivo en vela con aparejo fijo y con aparejo libre, y técnico deportivo superior en vela con aparejo fijo y con aparejo libre, en el centro autorizado de enseñanzas deportivas Santa Apolonia de Santiago de Compostela.

Por Orden de 27 de noviembre de 2012 se autorizan las enseñanzas de técnico deportivo en vela con aparejo fijo, técnico deportivo en vela con aparejo libre, técnico deportivo superior en vela con aparejo fijo y técnico deportivo superior en vela con aparejo libre, en el centro autorizado de enseñanzas deportivas Santa Apolonia, de Santiago de Compostela (A Coruña).

La titular del centro solicita autorización para impartir las mencionadas enseñanzas en la modalidad a distancia.

El Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre, establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial, en su artículo 24, y señala la posibilidad de ofertar enseñanzas deportivas de forma modular o parcial, bien sea en régimen presencial o a distancia.

La Orden ECD/158/2014, de 5 de febrero, regula los aspectos curriculares, los requisitos generales y los efectos de las actividades de formación deportiva, a los que se refiere la disposición transitoria primera del Real decreto 1363/2007, de 24 de octubre.

El Decreto 410/2003, de 6 de noviembre, regula los requisitos y el procedimiento para la autorización a centros privados y a centros públicos que no sean de titularidad de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria para impartir enseñanzas de técnicos deportivos en la Comunidad Autónoma de Galicia; norma desarrollada por las órdenes de esta consellería de 12 de abril de 2004 y de 23 de abril de 2004, en las que se determinan el procedimiento de autorización y los requisitos mínimos de los espacios administrativos y docentes genéricos con los que deben contar los centros.

Por esto, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Primero. Autorizar en la modalidad a distancia los módulos del bloque común y del bloque específico de las enseñanzas de técnico deportivo en vela con aparejo fijo y aparejo libre y de las enseñanzas de técnico deportivo superior en vela con aparejo fijo y aparejo libre, en el centro que se señala a seguir:

Denominación genérica: centro autorizado de enseñanzas deportivas.

Denominación específica: Santa Apolonia.

Código del centro: 15032558.

Titular: María del Rosario Medina Gómez.

Domicilio: Poza Real, nº 5, A Rocha.

Localidad: Santiago de Compostela.

Municipio: Santiago de Compostela.

Provincia: A Coruña.

Módulos que se autorizan en la modalidad a distancia:

Técnico deportivo en vela con aparejo fijo y aparejo libre
(Real decreto 935/2010, de 23 de julio)

Ciclo inicial

Ciclo final

Módulos del bloque común

MED-C101. Bases del comportamiento

deportivo.

MED-C102. Primeros auxilios.

MED-C103. Actividad física adaptada y discapacidad.

MED-C104. Organización deportiva.

MED-C201. Bases del aprendizaje deportivo.

MED-C202. Bases del adiestramiento deportivo.

MED-C203. Deporte adaptado y discapacidad.

MED-C204. Organización y legislación deportiva.

MED-C205. Género y deporte.

Módulos del bloque específico

MED-VEVE102. Formación técnica.

MED-VEVE. Metodología de la vela e iniciación a la competición.

MED-VEVE201. Escuela de vela.

MED-VEVE202. Competiciones y eventos a vela.

Técnico deportivo superior en vela con aparejo fijo y aparejo libre
(Real decreto 936/2010, de 23 de julio)

Módulos del bloque común

MED-C301. Factores fisiológicos de alto rendimiento.

MED-C302. Factores psicosociales de alto rendimiento.

MED-C303. Formación de formadores deportivos.

MED-C304. Organización y gestión aplicada al alto rendimiento.

Módulos del bloque específico

MED-VEVE301. Organización de competiciones de alto nivel y grandes eventos a vela con aparejo fijo y aparejo libre.

MED-VEVE302. Seguridad de las instalaciones y las regatas de alto nivel de aparejo fijo y aparejo libre.

MED-VEVE303. Organización y gestión del centro deportivo de vela con aparejo fijo y aparejo libre.

MED-VEVE304. Análisis de situaciones tácticas en la competición de alto rendimiento.

MED-VEVE306. Preparación física del regatista.

Segundo. Antes de la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro, así como el equipamiento adecuado.

Tercero. Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Cuarto. El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 27 de febrero de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria