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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 78 Lunes, 24 de abril de 2017 Pág. 19122

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Ourense

ANUNCIO por el que se da publicidad a la sentencia 45/2017 en el procedimiento ordinario 4232/2012 (expediente Planeamiento 548/09).

Auto de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, por el que se da publicidad a la parte dispositiva de la sentencia 45/2017, de 9 de febrero de 2017.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el procedimiento ordinario 4232/2012 contra el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Ourense de 20 de enero de 2012, que aprobó definitivamente el Plan especial de protección del BIC con categoría de sitio histórico del conjunto de las fuentes termales de As Burgas y su entorno delimitado, interpuesto por la Congregación Religiosa Siervas de San José, se dictó sentencia 45/2017, de 9 de febrero, por la que se estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto.

Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y con el fin de llevar a puro y debido efecto dicha sentencia, se resuelve dar publicidad a su parte dispositiva, que a continuación se transcribe:

«Por todo lo expuesto, en nombre del rey, por la autoridad que le confiere la Constitución, esta sala ha decidido: 1) Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Congregación Religiosa Siervas de San José contra el acuerdo indicado en el primer fundamento de esta sentencia; 2) Anular dicho acuerdo en lo que se refiere al inmueble de la parte actora, sito en el nº 24 de la calle Progreso; 3) Imponer al Ayuntamiento de Ourense, con el límite señalado, las costas procesales causadas a la recurrente.

Contra esta sentencia cabe interponer, bien ante el Tribunal Supremo, bien ante la correspondiente sección de esta sala, el recurso de casación previsto en el artículo 86 de la Ley jurisdiccional, que habrá de prepararse mediante escrito a presentar en esta sala en el plazo de treinta días y cumpliendo los requisitos indicados en el artículo 89.2 de dicha ley».

La Junta de Gobierno local, en sesión ordinaria de fecha 9 de marzo de 2016, en el punto 6 de la orden del día acordó no recurrir la sentencia.

Ourense, 27 de marzo de 2017

Jesús Vázquez Abad
Alcalde presidente