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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 107 Miércoles, 7 de junio de 2017 Pág. 27566

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ANUNCIO de 26 de mayo de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por el que se dispone la notificación de la resolución y del requerimiento de pago de multa en período voluntario del expediente sancionador IN635C 2016/72-4.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se le notifica a la interesada que se relaciona en el anexo la resolución y el requerimiento de pago de multa en período voluntario del expediente sancionador por infracción en materia de industria, después de ser intentada sin éxito la notificación personal a través del servicio de Correos. Asimismo, la eficacia de esta notificación queda supeditada a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).

La empresa interesada podrá comparecer en las oficinas de la sede de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, sitas en la avenida Fernández Ladreda, 43, 5º piso, 36003 Pontevedra, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, para el conocimiento íntegro de la resolución y constancia de tal conocimiento junto con la carta de pago.

Contra la resolución del expediente de referencia, la interesada o su representante disponen de un plazo de 1 mes para interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el BOE.

Se comunica que, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional decimoprimera de la Ley 7/2005, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2006, el plazo de ingreso en período voluntario será el establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.

El pago en período voluntario deberá hacerse en los siguientes plazos:

a) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

b) Si la notificación de la liquidación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Las deudas no satisfechas en los períodos citados en las líneas anteriores, se exigirán en vía de apremio.

Pontevedra, 26 de mayo de 2017

Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra

ANEXO

Expediente de reclamación: IN635C 2016/72-4.

Interesada: Vila Comesaña y Cía., S.L.

CIF: B36704625.

Acto notificado: resolución de expediente sancionador y carta de pago de expediente sancionador.