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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Jueves, 8 de junio de 2017 Pág. 27906

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ACUERDO de 10 de mayo de 2017, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Ordes (expediente IN407A 2017/047-1).

Expediente: IN407A 2017/047-1.

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación: reforma LMTA derivada Paraíso.

Ayuntamiento: Ordes.

Características técnicas:

– LMTS a 15 kV, de 25 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1x240 mm2 Al, con origen en el apoyo nº 49-78-15 proyectado en la LMT SIG-802 y final en el Nuevo CT Paraíso (expediente IN407A 2012/054-1).

– LMTA a 20 kV, de 540 m, conductor tipo LA-56 Al, con origen en el apoyo nº 49-78-10 existente de la LMT SIG-802 y final en el apoyo nº 49-78-15 proyectado. Sustitución de los apoyos de madera y hormigón actuales por otros de hormigón de mayor esfuerzo y altura.

Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo de 2014).

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figuran en el anexo que se acompaña a este acuerdo.

La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar alegaciones en el Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, sita en la calle Vicente Ferrer, 2-2ª planta, 15071 A Coruña, en el plazo de veinte días, a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

Asimismo, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando las personas propietarias o titulares de derechos sobre las fincas afectadas sean desconocidas, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada ésta, no se hubiese podido practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

A Coruña, 10 de mayo de 2017

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña

ANEXO

Expediente: IN407A 2017/047-1.

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación: reforma LMTA derivada Paraíso.

Ayuntamiento: Ordes.

Relación de propietarios, bienes y derechos afectados:

Número de finca: 2.

Paraje: Carballo 59-54.

Cultivo: monte alto.

Propietaria: Elvira Martínez de la Fuente.

Afección de suelo en pleno dominio: apoyo nº 12 (1/2)-1 m2.

Número de finca: 3.

Paraje: Carballo 59-55.

Cultivo: monte alto.

Propietarios: herederos María Martínez Fuente.

Afección de suelo en pleno dominio: apoyo nº 12 (1/2)-1 m2.

Número de finca: 4.

Paraje: Carballo 59-678.

Cultivo: monte alto.

Propietario: José Gómez Remuiñán.

Afección de suelo en pleno dominio: apoyo nº 13 (1/2)-1 m2.

Número de finca: 5.

Paraje: Carballo 59-41.

Cultivo: monte alto.

Propietaria: Jesusa Amparo Gómez Remuiñán.

Afección de suelo en pleno dominio: apoyo nº 13 (1/2)-1 m2.

Número de finca: 6.

Paraje: Carballo 59-138.

Cultivo: monte alto.

Propietarios: herederos Emilio Pérez Ramos.

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica: m2 aéreos 269.0.

Número de finca: 7.

Paraje: Carballo 59-139.

Cultivo: monte alto.

Propietario: Leandro del Río Señarís.

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica: m2 aéreos 271.0.

Número de finca: 9.

Paraje: Carballo 59-141.

Cultivo: monte alto y prado.

Propietaria: Carmen López Sánchez.

Afección de suelo en pleno dominio: apoyo nº 14 (1/2)-1 m2.

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica: m2 aéreos 232.0.

Número de finca: 12.

Paraje: Paloma 59-691.

Cultivo: labradío.

Propietaria: Visitación Gómez Uzal.

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica: m2 aéreos 45.0.

Número de finca: 13.

Paraje: Paloma 59-18.

Cultivo: prado.

Propietaria: Elena Miras Marino.

Afección de suelo en pleno dominio: apoyo nº 15-2 m2.

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica: m2 aéreos 27.0.