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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Viernes, 9 de junio de 2017 Pág. 28344

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de Santiago de Compostela

ANUNCIO de suspensión cautelar de licencias en el ámbito del PERI-12. Antiguo Colegio Manuel Peleteiro.

El Pleno de la Corporación, en su sesión celebrada el 18 de mayo de 2017, adoptó, entre otros el siguiente acuerdo:

De conformidad con la propuesta del concejal delegado de Espacios Ciudadanos, Derecho a la Vivienda y Movilidad, y al amparo de lo que disponen los artículos 47.1 de la Ley 2/2016, del suelo de Galicia y 86.1 de su Reglamento (Decreto 143/2016), y con el fin de estudiar la reforma de las determinaciones del vigente Plan general de ordenación municipal en el ámbito del PERI-12 (Colegio Manuel Peleteiro):

– Suspender el procedimiento de otorgamiento de licencias de parcelación, edificación y demolición, en el ámbito del PERI-12.

El ámbito territorial de suspensión se refleja gráficamente en el plano anexo y se corresponde con el del PERI-12, ocupado por las antiguas instalaciones del Colegio Manuel Peleteiro (con frente a las calles de República Argentina y de San Pedro de Mezonzo), e integrado por las siguientes parcelas catastrales:

– 7169317NH3476G0001JM.

– 7169315NH3476G0001XM.

– 7169316NH3476G0001IM.

La suspensión afectará:

1. A las obras de nueva edificación, así como a las de rehabilitación integral que resulten asimilables a las de reconstrucción total del edificio, excepto las de carácter urgente.

2. A las obras de reforma que supongan aumento del volumen edificado.

La suspensión no impedirá la autorización de usos y obras provisionales en los términos del artículo 89 de la LSG y 204 de su reglamento.

El acuerdo se publicará en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de los de mayor difusión en la provincia.

La suspensión será efectiva a partir de su publicación, y tendrá la duración de un año, sin perjuicio de la que resulte, en su caso, del acuerdo de aprobación inicial de la reforma.

Dado el carácter normativo de la suspensión, el acuerdo sólo resulta impugnable mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dentro del plazo máximo de dos meses contado a partir de la publicación.

Del presente acuerdo se dará traslado al Servicio de Licencias, para su conocimiento y efectos que procedan en orden a la tramitación de los procedimientos en curso y de los que se inicien con posterioridad a la publicación del acuerdo de suspensión.

La documentación podrá ser consultada en la página web del Ayuntamiento de Santiago http://transparencia.santiagodecompostela.gal/plans-urbanismo-obras-publicas/gl

Contra el acuerdo transcrito se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2017

El alcalde
P.D. (Decreto 3997, de 16.6. 2015)
Jorge Duarte Vázquez
Concejal delegado de Espacios Ciudadanos, Derecho a la Vivienda y Movilidad