Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Jueves, 29 de junio de 2017 Pág. 31858

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (DSP 1037/2016).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4-Refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 1037/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Yein Danny Rodas Otalvaro contra Remansede De TDT, S.L., Fogasa, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 8 de junio de 2017.

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado de lo Social de refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento 1037/2016, seguidos ante este juzgado a instancia de Yein Danny Rodas Otalvaro, representado por el letrado Felipe Martínez Ramonde, contra Remansede de TDT, S.L. y Fogasa, que no comparecen, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo que debo estimar y estimo la demanda presentada por Yein Danny Rodas Otalvaro contra Remansede de TDT, S.L. y declaro improcedente el despido del trabajador y, ante la imposibilidad de readmisión, declaro extinguida la relación laboral del mismo con la empresa demandada, con efectos a fecha de la presente resolución, condenando a la empresa a estar y pasar por esta declaración y a abonar al actor una indemnización de 10.480,72 euros y salarios de trámite por importe de 12.321,59 euros.

Con intervención procesal del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, letrada de la Administración de justicia, doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Remansede de TDT, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 8 de junio de 2017

La letrada de la Administración de justicia