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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 161 Viernes, 25 de agosto de 2017 Pág. 40506

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 14 de agosto de 2017 por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Orden de 30 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinados a ayuntamientos de Galicia para el año 2017, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020.

Mediante la Orden de 30 de diciembre de 2016 se establecieron las bases reguladoras y se convocaron subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinados a ayuntamientos de Galicia para el año 2017, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020 (DOG núm. 14, de 20 de enero de 2017).

Esta orden se tramitó como expediente anticipado de gasto de acuerdo con la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998, sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, modificada por las órdenes de la misma consellería de 27 de noviembre de 2000 y de 25 de octubre de 2001, y de acuerdo com lo establecido en el proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma, aprobado por el Consello de la Xunta en su reunión de 2 de diciembre de 2016, en la que se acordó la remisión al Parlamento de Galicia para su tramitación.

En su artículo 4, la orden prevé la posibilidad de ampliación de crédito en los supuestos previstos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. En estos casos el órgano concedente deberá publicar la ampliación de crédito en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

La Orden do 30 de diciembre de 2016, tras la modificación realizada a través de la Orden de 12 de junio de 2017 (DOG núm. 115, de 19 de junio), destina un total de 3.542.992,69 € al financiamiento de esta línea de subvenciones. Al haberse producido una transferencia de crédito a la aplicación que costea estas subvenciones, a fin de poder amparar un mayor número de solicitudes presentadas la Comunidad Autónoma de Galicia, con cargo a fondos propios libres, asignará 65.831,00 € para ampliar la dotación presupuestaria de referencia a través del supuesto previsto en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, recogido expresamente en el artículo 4.1 de la Orden de 30 de diciembre de 2016.

Esta ampliación de la dotación presupuestaria de la orden, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.23.141A.760.2 (C.P. 2016 00023) del estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017, deja establecida en 3.608.823,69 € la cuantía máxima de las subvenciones que se concedan.

En consecuencia con lo expuesto, de acuerdo con el Decreto 72/2013, de 25 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, con la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, con el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de subvenciones, y con lo dispuesto en la Orden de 30 de diciembre de 2016, modificada por la Orden de 12 de junio de 2017,

Dispongo:

Artículo único

1. Se amplía la dotación presupuestaria determinada en la Orden de 30 de diciembre de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para la creación y/o mejora de las infraestructuras, dotaciones, instalaciones y equipamientos vinculados a la prestación de servicios municipales, destinados a ayuntamientos de Galicia para el año 2017, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020.

2. El incremento de la dotación será de 65.831,00 €, que aporta adicionalmente la Comunidad Autónoma de Galicia con cargo a fondos propios libres, consignados en la aplicación presupuestaria 05.23.141A.760.2 del estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2017, quedando establecida en 3.608.823,69 € la cuantía máxima de las subvenciones que se concedan.

3. Esta ampliación de crédito no afecta al plazo establecido en el artículo 5 de la Orden de 30 de diciembre de 2016 para la presentación de solicitudes ni al inicio de un nuevo cómputo del plazo para resolver.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de agosto de 2017

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia