Por Resolución de la Secretaría General de la Igualdad, de 31 de julio de 2017, se establecieron las bases reguladoras y se convocaron las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia (DOG núm. 148, de 4 de agosto).
El artículo 22 de la Resolución de 31 de julio de 2017 establece que para la justificación de las ayudas concedidas, las beneficiarias presentarán, con fecha límite de 1 de diciembre de 2017, la documentación que se indica en el apartado 2 del mismo artículo. Teniendo en cuenta el volumen de solicitudes presentadas y el largo proceso de tramitación, y con el fin de optimizar los procesos de gestión y toda vez que no se causa perjuicio a terceras personas, procede modificar dicho artículo 22, ampliando el plazo hasta una fecha que permita la mejor justificación por parte de las beneficiarias.
Por todo lo expuesto, en el uso de las atribuciones que me fueron conferidas,
DISPONGO:
Artículo único
Se modifica el punto 1 del artículo 22 (plazo y justificación de la subvención) de la Resolución de 31 de julio de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por el FSE en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en el año 2017, que queda redactado como sigue:
«Las beneficiarias deberán presentar la documentación justificativa de la subvención concedida con la fecha límite de 29 de diciembre de 2017».
Disposición final
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 3 de octubre de 2017
Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad