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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 24 de octubre de 2017 Pág. 49374

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (ETJ 6/2015).

Yo, Mª Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 6/2015 de este tribunal, seguido a instancia de Jesús Manuel Couselo Ferro, Javier Rego López, Manuel Mariño López, Miguel Alende Nogueira, José Ramón Morono García, José Manuel Alvarellos Regueiro, Raúl Ramón Buján Olveira, Manuel Castro Vázquez, Javier Couselo Bustelo, Manuel Lorenzo Turnes, Juan Antonio Regueiro Carreira, José Regueiro Rodríguez, Juan Carlos Rodríguez Mallo, Antonio Senín Garabal, Narciso Tourís Otero, Roberto Blanco García, Óscar Rúa García contra Fogasa, Talleres J. y M. Fernández, S.L., Automóviles J. y M. Fernández, S.L., SS Fernández Concesionario, S.L., Ifer Coruña, S.L., Integral Motion Assistance, S.L., Marcelino Fernández Rodríguez, José Luis Fernández Rodríguez, Talleres Fernández Coruña, SL., Compostela Concesionario, S.L. Unipersonal, Compostela Automotriz, S.L., Patrimonial Feranpe, S.L., Asesoría Global Automoción, S.L., Compostela Car Service, S.L., Queenspark Invest, S.L.U., sobre conflicto colectivo, se ha dictado la siguiente resolución:

«Diligencia de ordenación letrada de la Administración de justicia Mª Asunción Barrio Calle.

A Coruña, 1 de septiembre de 2017

Se ha presentado escrito por los ejecutantes solicitando la ampliación de la ejecución frente a las empresas Compostela Cars Service, S.L., y Queens Park Invest, S.L.U., alegando sucesión de las empresas condenadas en la presente ejecución. Se acuerda citar de comparecencia ante esta sala a todas las partes de la presente ejecución y a las empresas frente a las que se pide la ampliación para el próximo 19.10.2017, a las 11.00 horas, que deberán alegar y aportar todos los medios de prueba de que intenten valerse.

En cuanto a la prueba de interrogatorio solicitada se pasa a dar cuenta al magistrado ponente.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición que deberá expresar la infracción que a juicio del recurrente se haya cometido en la resolución impugnada debiendo interponer el recurso en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, sin que la mera interposición suspenda la ejecutividad de la resolución recurrida».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Marcelino Fernández Nieves y a Pablo Luis Fernández Nieves, en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 2 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia