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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Martes, 24 de octubre de 2017 Pág. 49376

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense

EDICTO (1259/2016).

Raquel Blanco Pérez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense, hace saber que en este órgano judicial se tramita guarda, custodia y alimentos número 1259/2016, a instancia de Yanis María Gorea Chona, contra Peter Jerardo Jara Castro, en el que se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor siguiente:

Sentencia 837/17.

En Ourense a dieciocho de julio de dos mil diecisiete.

Lucía Isabel Yebra-Pimentel López, jueza de refuerzo del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ourense, ha visto los presentes autos número 1259/2016, sobre guarda, custodia y alimentos de hijo menor no matrimonial, promovidos por Janis María Gorea Chona, representada por la procuradora Eva Álvarez Coscolin y asistida de la letrada Elena Fraga Paradela, contra Peter Jerardo Jara Castro, en situación de rebeldía procesal, con intervención del Ministerio Fiscal.

Fallo:

Acuerdo la adopción de las medidas reguladores de la guarda y custodia de la menor P. A. J. Ch., así como su pensión de alimentos:

1. Se atribuye a la madre la guarda y custodia.

2. Se suspende el régimen de visitas a favor de padre.

3. Se establece que el padre deberá abonar dentro de los cinco primeros días de cada mes y en la cuenta que la madre designe al efecto la cantidad de 100 euros en concepto de pensión de alimentos a favor de su hijo menor.

4. Asimismo, el padre deberá satisfacer el 50 % de los gastos extraordinarios que genere la atención de su hijo menor.

Se declaran de oficio las costas procesales.

Esta sentencia no es firme. Conforme a lo dispuesto en el artículo 208.4 de la LEC, se indica que contra la presente resolución cabe interponer, en el plazo de 20 días desde la notificación, recurso de apelación (artículos 457 y siguientes de la LEC) ante este tribunal para su posterior resolución por la Audiencia Provincial de Ourense.

Así lo acuerda, manda y firma su señoría.

Y para que conste y sirva de cédula de notificación a Peter Jerardo Jara Castro, en paradero desconocido, expido el presente edicto.

Ourense, 28 de septiembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia