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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Lunes, 30 de octubre de 2017 Pág. 50515

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 15/2017).

Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 15/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Javier Rodríguez Alonso contra Lege 2013 Consultores, S.L.U., Worten España Distribución, S. L.U. y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

Santiago de Compostela, 5 de septiembre de 2017

Vistos por Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, los presentes autos número 15/2017 sobre despido, seguidos a instancia de Javier Rodríguez Alonso, asistido por el letrado Pedro Lobeiras, contra la empresa Lege 2013 Consultores, S.L.U., la cual no comparece pese a estar legalmente citada, y contra Worten España Distribución, S.L., representada y asistida por el letrado José Antonio Iglesias Puerto.

Fallo

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por Javier Rodríguez Alonso contra la empresa Lege 2013 Consultores, S.L.U., y se declara la improcedencia del despido con efectos de 15 de diciembre de 2016, y debo condenar y condeno a la demandada Lege 2013 Consultores, S.L., a que readmita al trabajador demandante en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha efectiva del despido hasta la notificación de la sentencia a razón de 19,13 euros diarios o bien, a elección de la demandada, a la extinción de la relación laboral con abono al demandante de la indemnización de 1.367,48 euros por despido improcedente.

La opción del empresario entre la readmisión del trabajador o la indemnización por despido improcedente deberá ejercitarse en el plazo de 5 días contados a partir de la notificación de la presente resolución, mediante un escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho plazo sin que hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

Se absuelve a la entidad Worten España Distribución, S.L. de todos los pedimentos.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma, Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Lege 2013 consultores, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 6 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia