Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 487/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Adrián Rodríguez Mira contra Celuisma, S.A., Hotel Florida Norte y Fogasa sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«Juez: Javier López Cotelo
Procedimiento: reclamación de cantidad 487/2015
Demandante: Adrián Rodríguez Mira. Letrado: Sr. Pousa Meréns.
Demandados: Celuisma, S.A. y Fogasa
Sentencia 591/2017.
A Coruña, 30 de octubre de 2017
Fallo:
Estimo la demanda formulada por Adrián Rodríguez Mira frente a Celuisma, S.A. y, en consecuencia, condeno a ésta a abonar al primero la suma de 2.098,48 euros en concepto de deuda salarial.
El Fogasa deberá pasar por lo resuelto en la presente resolución y su responsabilidad será dentro de los límites legales que procedan.
Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella no cabe recurso alguno.
Así, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Celuisma, S.A., en ignorado paradero, expido este edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 30 de octubre de 2017
La letrada de la Administración de justicia