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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 222 Miércoles, 22 de noviembre de 2017 Pág. 53575

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (1196/2014).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, da fe y certifica que en este juzgado se siguen autos número 1196/2014 a instancia de Xabier Sáenz García contra Albealia Restauración Coruña 1, S.L., Albealia Restauración Coruña 2, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre cantidad, en los que recayó auto de aclaración de la sentencia en fecha 7 de julio de 2017 que copiada en los particulares necesarios dice así:

Parte dispositiva.

SSª acuerda que ha lugar a la aclaración del fallo de la sentencia y, en consecuencia, quedará del tenor literal siguiente:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda formulada por Xabier Sáenz García frente a las empresas Albealia Restauración Coruña 1, S.L., Albealia Restauración Coruña 2, S.L. con intervención del Fondo de Garantía Salarial, y en consecuencia:

Se condena a la empresa Albealia Restauración Coruña 2, S.L. a abonar a Xabier Sáenz García la cantidad de cuatro mil noventa y cuatro euros con setenta y dos céntimos de euro (4.094,72 euros) devengando los conceptos salariales el interés moratorio del 10 %.

Se absuelve a la empresa Albealia Restauración Coruña 1, S.L. de las pretensiones frente a ella ejercitadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a las empresas Albealia Restauración Coruña 1, S.L. y Albealia Restauración Coruña 2, S.L., expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 4 de septiembre de 2017

El secretario judicial