Yo, Marta Yanguas del Valle, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 4 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 506/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Mosquera Otero contra Falcón Contratas y Seguridad, S.A., siendo parte el Fondo de Garantía Salarial sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Sentencia
En A Coruña, 21 de noviembre de 2017.
Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada juez del Juzgado Social de Refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento ordinario nº 506/2015 seguidos ante este juzgado por instancia de José Mosquera Otero, representado por la letrada Catherine Rodríguez Martínez, contra Falcon Contratas y Seguridad, S.A., que no comparece y contra Fogasa, que tampoco comparece, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,
Fallo
Que debo estimar y estimo la demanda presentada por José Mosquera Otero y condeno a la empresa Falcon Contratas y Seguridad, S.A. a abonar al actor la cantidad de 363,42 euros.
Con intervención procesal del Fogasa.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.
Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Falcón Contratas y Seguridad, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 21 de noviembre de 2017
La letrada de la Administración de justicia


