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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Miércoles, 31 de enero de 2018 Pág. 6831

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 10/2018, de 18 de enero, por el que se declara en concreto la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción Reforma de la intersección del p.k. 21+900 de la AC-840 (Curtis), de clave AC/16/230.10, en el ayuntamiento de Curtis.

Antecedentes:

Primero. Con fecha de 27 de julio de 2017 la Agencia Gallega de Infraestructuras resuelve aprobar provisionalmente el proyecto de construcción Reforma de la intersección del p.k. 21+900 de la AC-840 (Curtis), de clave AC/16/230.10.

Segundo. Con fecha de 3 de noviembre de 2017 se publicó en el Diario Oficial de Galicia (núm. 209) el anuncio de 19 de octubre de 2017 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción Reforma de la intersección del p.k. 21+900 de la AC-840 (Curtis), de clave AC/16/230.10, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referenciado.

Tercero. Tras el análisis de los certificados presentados, el 9 de enero de 2018 se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de construcción Reforma de la intersección del p.k. 21+900 de la AC-840 (Curtis), de clave AC/16/230.10.

Este proyecto de construcción tiene por objeto la reforma de la intersección de la carreteras AC-840 con la carretera provincial DP-3204, en el p.k. 21+900, transformando la intersección a nivel existente, de notable accidentalidad, en una glorieta con las características adecuadas y con la finalidad de mejorar la seguridad vial y la calidad de vida de los ciudadanos, con un importante efecto positivo sobre el medio socio-económico y humano.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, le corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del apartado dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Le corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que da lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día dieciocho de enero de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo único. Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción Reforma de la intersección del p.k. 21+900 de la AC-840 (Curtis), de clave AC/16/230.10.

Santiago de Compostela, dieciocho de enero de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda