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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Martes, 6 de febrero de 2018 Pág. 8383

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

EXTRACTO de la Orden de 4 de diciembre de 2017 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de ayudas destinadas al alumnado del Sistema universitario de Galicia que, por causas sobrevenidas e imprevistas ocurridas a lo largo del curso académico 2017/18, tenga dificultades económicas para continuar estudios.

BDNS (Identif.): 381924.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

El alumnado que curse estudios universitarios oficiales conducentes a una titulación de grado, en el curso académico 2017/18, en las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Segundo. Objeto

Convocar en régimen de concurrencia no competitiva ayudas destinadas al alumnado del Sistema universitario de Galicia con una necesidad urgente de recursos económicos motivada por causas sobrevenidas e imprevistas ocurridas durante el actual curso académico que le impida o dificulte la continuidad de sus estudios.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente con la convocatoria.

Cuarto. Presupuesto y cuantía de las becas

El importe global previsto en la orden es de 162.500 euros.

Para determinar la cuantía de la ayuda que se le concederá a cada solicitante se tendrá en cuenta como criterios de distribución los siguientes umbrales de renta per cápita:

Umbrales de renta

Cuantía de la ayuda

Hasta 5.000 €

2.750 euros

De 5.001 € a 5.700 €

2.250 euros

De 5.701 € a 6.400 €

1.750 euros

De 6.401 € al importe de la pensión no contributiva individual que establezca la Ley de presupuestos generales del Estado para el año 2018, multiplicada por 1,5

1.500 euros

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

– Si la causa sobrevenida e imprevista aconteció con anterioridad a la publicación de esta orden, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

– Si la causa sobrevenida e imprevista acontece con posterioridad a la publicación de esta orden, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde que aconteció la causa sobrevenida siendo, en estos casos, la fecha límite para la presentación de las solicitudes el 31 de julio de 2018, sin perjuicio de lo señalado en el artículo 3.b) de la orden.

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria