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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 19 de febrero de 2018 Pág. 10677

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 29 de enero de 2018 por la que se aprueban las tablas de valoración documental de determinadas series documentales del patrimonio documental de Galicia y se dispone su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

La Ley 7/2014, de 26 de septiembre, de archivos y documentos de Galicia, determina en su artículo 19 que los documentos de titularidad pública serán evaluados y seleccionados para determinar su conservación o eliminación de acuerdo con el interés que presenten desde el punto de vista administrativo, jurídico, legal e histórico y sus plazos de vigencia, acceso y conservación.

Los documentos de titularidad pública son patrimonio documental de Galicia desde su creación o su acumulación, tal como establece la citada Ley de archivos y documentos de Galicia y la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia. La gestión, custodia y acceso a los documentos de titularidad pública se rigen por los principios de esta normativa y son responsabilidad directa de sus titulares.

La Ley de archivos y documentos establece que no se podrá eliminar ningún documento público si antes no fue evaluado y seleccionado de acuerdo con el procedimiento que se establezca a tal fin. Con este objetivo, el Decreto 15/2016, de 14 de enero, que regula la composición del Consejo de Evaluación Documental de Galicia, establece el procedimiento a seguir en la valoración para la selección de documentos.

En el procedimiento de valoración, regulado en el título II del Decreto 15/2016, se establece que las propuestas de valoración serán sometidas a dictamen del Consejo de Evaluación Documental de Galicia que elaborará las tablas de valoración documental. Aprobadas, en su caso, las tablas de valoración por el titular de la consellería competente en materia de archivos y patrimonio documental, dispondrá su publicación en el Diario Oficial de Galicia mediante un extracto, sin perjuicio de hacerlas públicas en la página web de la consellería.

De acuerdo con esta normativa y procedimiento, las series documentales que se mencionan en esta orden fueron presentadas al Consejo de Evaluación Documental de Galicia que, en su sesión de 15 de marzo de 2017, emitió su dictamen a través de las tablas de valoración documental elevadas para su aprobación por el titular de la consellería competente en materia de archivos y patrimonio documental.

A estos efectos, en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada parcialmente por la Ley 11/1988, de 20 de octubre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2014, de 26 de septiembre, de archivos y documentos de Galicia, así como las normas de desarrollo,

RESUELVO:

Primero

Aprobar las tablas de valoración documental cuyos extractos se recogen en el anexo a esta resolución y que corresponden a las siguientes series documentales, procedentes de la Administración autonómica, dictaminadas por el Consejo de Evaluación Documental de Galicia en su sesión de 15 de marzo de 2017:

• Expedientes de ayudas del Fondo de Acción Social para el personal al servicio de la Xunta de Galicia.

• Expedientes de registro de los contratos laborales.

Segundo

Ordenar la publicación de las tablas de valoración documental de las mencionadas series mediante un extracto en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 29 de enero de 2018

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO
Extractos de las tablas de valoración de series documentales

Tabla: 012.

– Código de serie: AA-260.

– Denominación: expedientes de ayudas del Fondo de Acción Social para el personal al servicio de la Xunta de Galicia.

– Procedencia: Consellería de Hacienda y Función Pública. Dirección General de Función Pública. Subdirección General de Régimen Jurídico y Relaciones Laborales. Servicio de Relaciones Laborales.

– Datas extremas de la serie: 1985 (serie abierta).

– Datas extremas de la fracción de serie valorada: 1985-2016.

– Resolución de aprobación:

Dictamen del Consejo de Evaluación Documental: sesión de 15 de marzo de 2017.

Acceso: restringido.

Transferencias:

* Al archivo central al final del año de la tramitación.

* Al archivo intermedio a los 5 años de la finalización del trámite.

* Al archivo histórico a los 10 años, los resultantes de la selección.

Selección: conservación parcial. Conservación de los expedientes generales y de una muestra de cinco expedientes tipo por convocatoria anual. Los restantes podrán ser eliminados a los cinco años de su tramitación.

Tabla: 013.

– Código de serie: AA-1301.

– Denominación: expedientes de registro de los contratos laborales.

– Procedencia: Consellería de Economía, Empleo e Industria. Secretaría General de Empleo. Dirección General de Orientación y Promoción Laboral. Subdirección General de Orientación Laboral.

– Fechas extremas de la serie: 1997 (serie abierta).

– Fechas extremas de la fracción de serie valorada: 1997-2016.

– Resolución de aprobación:

Dictamen del Consejo de Evaluación Documental: sesión de 15 de marzo de 2017.

Acceso: restringido.

Transferencias:

* Al archivo central al final del año de la tramitación.

* Al archivo intermedio a los 5 años de la finalización del trámite.

* Al archivo histórico a los 10 años, los resultantes de la selección.

Selección: eliminación total. Expedientes anteriores al año 2002, inclusive, a los 50 años de la finalización de su tramitación. Expedientes posteriores al año 2002, a los 2 años de la finalización de su tramitación.

En ambos casos se conservará como muestra un 5 % de las unidades de instalación.