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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 59 Viernes, 23 de marzo de 2018 Pág. 16902

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Resolución de 7 de marzo de 2018, de la Secretaría General de Medios, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a empresas periodísticas y de radiodifusión, y se procede a su convocatoria para el año 2018 (código de procedimiento PR852A).

BDNS (Identif.): 390207.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

1. De acuerdo con lo establecido en el Decreto 71/1999, de 18 de marzo, las beneficiarias de estas ayudas serán las empresas periodísticas que publiquen o difundan informaciones, programas, artículos, reportajes, colaboraciones o secciones que cumplan con el objeto de estas ayudas y con el resto de requisitos establecidos en esta resolución.

2. Las empresas beneficiarias deben acreditar una plantilla media de trabajadores en alta de por lo menos cinco trabajadores, y elaborar y difundir toda o parte de su producción informativa de forma específica en el territorio de la comunidad autónoma en el año natural anterior al de la convocatoria.

3. Quedan excluidos de la concesión de ayudas:

a) Los boletines interiores de instituciones, las publicaciones de partidos políticos, asociaciones religiosas o entidades públicas.

b) Las empresas que emitan a través de la señal de televisión.

c) Las que, a lo largo del año anterior al de la convocatoria, incluyesen publicidad que no se atenga a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística, en materia de toponimia.

d) Las empresas radiofónicas con un modelo de programación secuencial y repetitivo cuyas emisiones se basen en contenidos musicales.

e) Las entidades sin personalidad jurídica y/o sin ánimo de lucro.

Segundo. Objeto

1. Esta resolución tiene por objeto establecer subvenciones a las empresas periodísticas que, estando debidamente inscritas en el Registro Mercantil o en el que corresponda según la forma empresarial que adopten, realicen su actividad informativa orientada a alentar la defensa de la identidad de Galicia, la promoción de sus valores, la normalización de la lengua y la defensa de su cultura, y efectuar la convocatoria para el año 2018.

2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras están establecidas en la Resolución de 7 de marzo de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a empresas periodísticas y de radiodifusión, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

Cuarto. Importe

La concesión de las ayudas reguladas en esta resolución se financiará con cargo a las aplicaciones 04.20.151A.470.1, por importe de 790.000,00 euros, y 04.20.461A.470.1, por importe de 1.186.777,00 euros, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2018, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de una mayor disponibilidad presupuestaria en los términos del artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de marzo de 2018

Mar Sánchez Sierra
Secretaria general de Medios