Mediante Resolución de 21 de diciembre de 2017 (DOG núm. 245, de 28 de diciembre) se publicaron las bases reguladoras de los talleres a la digitalización Industria 4.0, procediéndose a su convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2018, por trámite anticipado de gasto.
El órgano instructor del procedimiento administrativo previsto en el artículo 12 de dichas bases reguladoras está analizando las solicitudes presentadas por los solicitantes que se acogieron a la presente convocatoria de ayudas.
En una primera fase de revisión se identificaron varios expedientes que carecen de alguno de los requisitos exigidos en las bases reguladoras, por lo que resulta procedente efectuar los oportunos requerimientos de enmienda.
El artículo 12.2 de las bases reguladoras dispone que, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, este requerimiento de enmienda se realizará preferentemente mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia y producirá los mismos efectos que la notificación individualizada. Dicha publicación también se realizará en la página web del Igape en la dirección www.tramita.igape.es, donde se establecerá el contenido pormenorizado del requerimiento que se hace.
Los requerimientos objeto de la presente resolución no se publican en su integridad en virtud de la cautela prevista en el artículo 46 de la Ley 39/2015.
En virtud de lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Dar publicidad a la relación de solicitantes cuyos expedientes deben ser objeto de enmienda según se recoge en el anexo a esta resolución.
Segundo. Habilitar un plazo de 10 días naturales para que los requeridos accedan a la Oficina Virtual del Igape desde la página web del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape), en la dirección www.tramita.igape.es, utilizando su NIF y el código IDE del expediente, para acceder al requerimiento individualizado de enmienda. Se entenderá rechazado cuando hubiesen transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición del requerimiento sin que se acceda a su contenido.
Tercero. Se establece un plazo de diez días hábiles para aportar la documentación señalada, contados a partir del día hábil siguiente al acceso al requerimiento individualizado, o a partir del día en que se puso a su disposición, en el caso de no acceder a su contenido.
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12.2 de las bases reguladoras, en el supuesto de que no se atienda el requerimiento en el plazo indicado, o si la enmienda resulta incompleta o defectuosa, se considerará que el solicitante desiste de su petición y se archivará el expediente, tras la correspondiente resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de dicha Ley 39/2015.
Santiago de Compostela, 23 de marzo de 2018
Juan Manuel Cividanes Roger
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica
ANEXO
Solicitudes de ayuda sujetas a subsanación de documentación
Nº de expediente |
Titular del expediente |
NIF |
IG239.2018.1.1 |
Asociación Clúster da Madeira de Galicia |
G32290439 |
IG239.2018.1.2 |
Fundación Cupa |
G32458713 |
IG239.2018.1.3 |
Gremio Provincial de Carniceros y Charcuteros de Ourense |
G32015729 |
IG239.2018.1.4 |
Asociación de Empresarios de O Couto |
G32380065 |
IG239.2018.1.5 |
Asociación de Industriales Metalúrgicos de Galicia (Asime) |
G36614774 |
IG239.2018.1.6 |
Asociación de Industriales Metalúrgicos de Galicia (Asime) |
G36614774 |
IG239.2018.1.7 |
Asociación de Industrias Culturales de la Provincia de Ourense |
G32479446 |
IG239.2018.1.8 |
Asociación de Empresarios del Producto Gourmet |
G32471492 |
IG239.2018.1.9 |
Asociación de Industriales Metalúrgicos de Galicia (Asime) |
G36614774 |
IG239.2018.1.10 |
Asociación Comercial de Emprendedores de Galicia, Ascega |
G70252622 |
IG239.2018.1.13 |
Asociación de Empresas de Tecnología de Galicia |
G36969525 |
IG239.2018.1.15 |
Asociación Ourensana de Empresarios de Comercio Online |
G32472425 |
IG239.2018.1.16 |
Asociación Gallega de Empresas de Ingeniería, Consultoría y Servicios Tecnológicos |
G36942720 |
IG239.2018.1.20 |
Clúster TIC Galicia |
G70157581 |