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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Viernes, 27 de abril de 2018 Pág. 22483

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

EXTRACTO de la Orden de 16 de abril de 2018 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil y se procede a su convocatoria para el año 2018.

BDNS (Identif.): 395380.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de novembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Entidades de acción voluntaria y las entidades locales que realicen proyectos de voluntariado enmarcados en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2018.

Segundo. Objeto

Establecer las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones dirigidas a entidades de acción voluntaria y a entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de voluntariado juvenil, desde o 1 de enero hasta el 15 de octubre, y proceder a su convocatoria para el año 2018. Dicho programa consiste en incorporar a las entidades de acción voluntaria y a las entidades locales inscritas en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia a jóvenes gallegos/as para su colaboración como voluntarias/os en la realización de los proyectos de voluntariado que se presenten de acuerdo con esta convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 16 de abril de 2018 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Servicio de Voluntariado Juvenil para el fomento y la realización de actividades de voluntariado durante el año 2018.

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de trescientos treinta y seis mil novecientos ochenta y cinco euros con cuarenta y un céntimos (336.985,41 €), de los que con cargo a la aplicación presupuestaria 12.05.312F.460.0, por un importe de ciento sesenta y tres mil seiscientos euros y catorce céntimos (163.600,14 €), son para entidades locales, mientras que los restantes ciento setenta y tres mil trescientos ochenta y cinco euros con veintisiete céntimos (173.385,27 €) son para entidades de acción voluntaria con cargo a la aplicación presupuestaria 12.05.312F.481.0. Se financia el 100 % del proyecto, cuyo presupuesto no podrá ser superior a 4.800 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Sexto. Otros datos

Con la solicitud se presentará el proyecto de actividades. Se admitirá un solo proyecto por entidad con su denominación/nombre, los objetivos, la identificación de problemas y el número aproximado de beneficiarios. Este irá acompañado del número de personas voluntarias con las que se pretende ejecutar el proyecto, de las horas de ejecución de este por parte de cada uno de los voluntario/as, y del número de días que participará cada uno, así como de un presupuesto desglosado del costo de todas las actividades. Este proyecto de actividades de voluntariado no puede ser igual a lo presentado por la misma entidad en caso de otra convocatoria de ayudas de esta consellería en materia de voluntariado.

La concesión de la ayuda se tramita en régimen de concurrencia competitiva. Se requiere una puntuación mínima y la concesión se efectúa por orden de puntuación hasta agotar el crédito presupuestario.

Santiago de Compostela, 16 de abril de 2018

José Manuel Rey Varela
Conselleiro de Política Social