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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 88 Martes, 8 de mayo de 2018 Pág. 23573

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 13 de abril de 2018 por la que se modifica la autorización del centro privado Paso a Paso Formación, de Lugo.

El representante de la titularidad del centro privado (CPR) Paso a Paso Formación, de Lugo, solicita la supresión del ciclo formativo de grado superior (CS) Educación Infantil autorizado en turno de tarde-noche, y la autorización para impartir el CS Integración Social.

El centro está autorizado para impartir el CS Educación Infantil en turnos de mañana y de tarde-noche en virtud de la Orden de 6 de julio de 2012 (DOG de 26 de julio).

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Suprimir el ciclo formativo de grado superior (CS) Educación Infantil en turno de tarde-noche, y autorizar el CS Integración Social, en el centro docente privado cuyos datos se detallan a seguir:

Denominación genérica: centro privado (CPR).

Denominación específica: Paso a Paso Formación.

Código: 27020914.

Enderezo: c/ Vila Verde, 25, bajo.

Localidad: Lugo.

Ayuntamiento: 27002 Lugo.

Provincia: Lugo.

Titular: Paso a Paso Formación, S.L.

Composición resultante:

1 CS Educación Infantil (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

1 CS Integración Social (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

Artículo 2. Inicio de la actividad

Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de Lugo, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro, así como el equipamiento.

Artículo 3. Inscripción en el Registro de Centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Modificación de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señala en esta orden.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 13 de abril de 2018

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria