La Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, modificada por la Ley orgánica 4/2007, de 12 de abril, regula en su artículo 20 la forma de elección del rector y dispone que será nombrado por el órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
Por su parte, los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela, aprobados por el Decreto 14/2014, de 30 de enero, dispone en su artículo 83 que el rector será elegido por la comunidad universitaria, mediante elección directa y sufragio universal libre y secreto y nombrado por el órgano correspondiente de la Xunta de Galicia.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley orgánica de universidades y en los estatutos de la propia universidad, se celebró, el día 23 de abril de 2018, un nuevo proceso electoral para la elección de rector.
En la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria se recibió certificación de la secretaria general de la Universidad de Santiago de Compostela en la que consta que el día 7 de maio de 2018 fue proclamado rector electo el profesor doctor Antonio López Díaz.
En su virtud, en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, a instancia de la Universidad de Santiago de Compostela, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho,
DISPONGO:
Artículo único. Nombrar rector magnífico de la Universidad de Santiago de Compostela al profesor doctor Antonio López Díaz.
Santiago de Compostela, treinta y uno de mayo de dos mil dieciocho
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria