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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Viernes, 13 de julio de 2018 Pág. 33522

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 29 de junio de 2018, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se publica la resolución del recurso de reposición interpuesto contra la ampliación del monte vecinal en mano común de Rubiás, en el ayuntamiento de Lugo (expediente 14/2016).

A los efectos previstos en el artículo 28 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, se hace público que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en la sesión del día 14 de junio de 2018, bajo la presidencia de María Olga Iglesias Fontal y con la asistencia de los vocales Josefina Pereira de la Riera y Antonio José López-Acuña Herrero y del secretario en funciones, Juan Carlos López Seijas, adoptó el siguiente acuerdo:

Monte de Rubiás (ampliación) (expediente 14/2016) perteneciente a los vecinos de la parroquia de Rubiás, en el término municipal de Lugo. En la reunión celebrada por el jurado con fecha de 13 de diciembre de 2017, se acordó clasificar este monte como vecinal en mano común, con una superficie de 7 ha, descontando de la superficie inicialmente solicitada varias parcelas reclamadas durante el expediente por sus titulares catastrales. Con fecha de 29 de enero de 2018, tiene entrada escrito presentado por Ana Prieto Nieto, como teniente de alcalde delegada del Área de Economía, Empleo y Desarrollo Económico, del Ayuntamiento de Lugo, en que interpone recurso de reposición contra dicha resolución, y solicita, en base a los fundamentos que expone, su estimación al acordar anular la resolución recurrida y al reconocer la titularidad del ayuntamiento de unas fincas que considera de su titularidad.

La resolución recurrida fue notificada directamente al Ayuntamiento y consta recepcionada, según el acuse de recibo, con fecha de 26.12.2017 (aunque la recurrente manifiesta recibir la notificación el 27.12.2017), y confirmado en el localizador de Correos, como entregado, el día 26 de diciembre de 2017, a las 13.43.08, el recurso fue presentado en la ventanilla única del propio ayuntamiento con fecha de 29.1.2018 (lunes), por lo tanto, el plazo finalizaría con fecha de 26 de enero de 2018 (viernes), y el recurso estaría presentado fuera de plazo.

El recurso se fundamenta, de manera resumida, en las siguientes consideraciones:

• La resolución del jurado indica que el ayuntamiento no acredita que consten en su inventario de bienes las parcelas en cuestión y que en el catastro se alude a un terreno de naturaleza comunal de vecinos, pero no aparece a nombre de la entidad local como propietaria. Las parcelas 9003 del polígono 384, 9003 del polígono 388 y 9005 del polígono 382 sí constan en el inventario municipal como vías públicas y de dominio y uso público. El resto de las parcelas no constan en tal inventario y la única consecuencia sería la necesidad de rectificarlo para incluirlas, ya que, su inscripción no tiene carácter constitutivo.

• Respeto a las parcelas 165 y 166 del polígono 383, respecto a las que en la resolución se indica que no son objeto del expediente de la ampliación, y afirma que el Archivo Histórico Provincial de Lugo indica que constan de titularidad común, y en el Catastro, como monte comunal de Rubiás, por lo que no se puede afirmar, sin más, que sea un monte vecinal en mano común.

Adjuntan certificación catastral de las parcelas.

Dado traslado del recurso presentado a la comunidad propietaria del monte de Rubiás, presentan escrito, a través de su presidente, Jesús Arias Veiga, en el que muestran su disconformidad con el recurso y solicitan su desestimación, alegando, en resumen:

• Los caminos referidos en el recurso no fueron objeto de clasificación.

• La parcela 166 del polígono 383 ya había sido objeto de clasificación por la Resolución de 12 de julio de 1982, no siendo objeto del presente expediente, mientras que, la parcela 165, también había sido objeto de clasificación en la misma resolución, aunque, al superponer el croquis sobre lo parcelario catastral una pequeña parte quedaría fuera de la zona pintada en el croquis, por lo que, al tramitar la ampliación, se cartografía esta parcela que, en realidad, ya había sido clasificada en su momento.

• Niega que tales parcelas figuren catastralmente a nombre del ayuntamiento, en el que constan como «monte comunal de Rubiás», sin CIF ni dirección del ayuntamiento, como se puede comprobar de los propios certificados aportados por éste, y concluye que no puede entenderse como de titularidad municipal, de dominio público, sino de lo común de la parroquia de Rubiás, monte vecinal en mano común.

• Realiza un repaso histórico de la relación de los ayuntamientos con los montes vecinales en mano común, intentando justificar el intervencionismo por parte de éstos y del Estado, ante la falta de reconocimiento de estos montes hasta que fueron reguladas estas comunidades propietarias especialmente a partir del año 68.

• Las parcelas concretas fueron siempre trabajadas y aprovechadas por los vecinos de la parroquia de Rubiás, siendo repobladas recientemente, costeando ellos los trabajos.

Examinado dicho recurso, el jurado, por unanimidad, acuerda inadmitir el recurso de reposición interpuesto, de conformidad con los fundamentos que se recogen en la correspondiente resolución del recurso.

Contra este acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, desde su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Lugo, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Lugo, 29 de junio de 2018

María Olga Iglesias Fontal
Presidenta del Jurado Provincial de Clasificación de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo