Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 63/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Begoña Miguéns García contra Televisión Barbanza, S.L. y el Fogasa, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
«Auto.
Magistrada jueza Paula Méndez Domínguez
Santiago de Compostela, 30 de abril de 2018
Parte dispositiva:
Dispongo despachar orden general de ejecución de la sentencia número 110/2017, de fecha 27 de febrero de 2017, dictada en el procedimiento ordinario 490/2014 a favor de la parte ejecutante, Begoña Miguéns García, frente a Televisión Barbanza, S.L. y el Fogasa, parte ejecutada, por importe de 3.600,01 euros en concepto de principal (3.485,58 euros en concepto de salarios, 1.114,43 euros en concepto de intereses del artículo 29.3 del ET respecto de la cantidad anterior), más otros 360 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Contra este auto podrá interponerse recurso de reposición ante este órgano judicial, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
La jueza. La letrada de la Administración de justicia».
«Decreto.
Letrada de la Administración de justicia María Teresa Vázquez Abades.
Santiago de Compostela, 30 de abril de 2018
Parte dispositiva:
Acuerdo en cumplimiento del requisito que se contiene en el artículo 276.3 y previo a la estimación en la presente ejecutoria de la pervivencia de la declaración de insolvencia de la parte ejecutada Televisión Barbanza, S.L., dar audiencia previa a la parte actora Begoña Miguéns García y al Fondo de Garantía Salarial, por término de quince días para que puedan señalar la existencia de nuevos bienes, y de su resultado de acordará lo procedente.
Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Ribeira para notificar a la parte ejecutada, Televisión Barbanza, S.L., las actuaciones de la presente ejecución.
Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante quien dicta la resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la LJS).
La letrada de la Administración de justicia».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Televisión Barbanza, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 13 de junio de 2018
La letrada de la Administración de justicia


