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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 152 Jueves, 9 de agosto de 2018 Pág. 36910

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Vivienda

DECRETO 79/2018, de 19 de julio, por el que se aprueba el cambio de titularidad de un tramo de la carretera provincial LU-P-0803 de alto de Gaibor a la feria de Barrazoso, a favor del Ayuntamiento de Begonte.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Ayuntamiento de Begonte, el día 20 de junio de 2017, solicita a la Diputación Provincial de Lugo la transmisión de titularidad de la vía provincial LU-P-0803 de alto de Gaibor a la feria de Barrazoso una vez que fueron ejecutadas las obras de acondicionamiento.

La Diputación Provincial de Lugo, en la sesión ordinaria llevada a cabo el 31 de octubre de 2017, aceptó la propuesta de transferencia de titularidad a favor del Ayuntamiento de Begonte del tramo de la carretera provincial LU-P-0803 de alto de Gaibor a la feria de Barrazoso, después de realizar las obras de mejora en dicho tramo provincial.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día diecinueve de julio de dos mil dieciocho,

DISPONGO:

Artículo 1

Se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Begonte:

– Tramo de la carretera LU-P-0803 de alto de Gaibor a la feria de Barrazoso.

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Begonte deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere el presente decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Artículo 4

Le corresponderá al Ayuntamiento de Begonte, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

El presente decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, diecinueve de julio de dos mil dieciocho

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Vivienda