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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Miércoles, 10 de octubre de 2018 Pág. 45437

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de emplazamiento (RSU 510/2018 CBO).

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de Justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 510/2018 de esta sección, seguido a instancia de Francisco Troncoso Troncoso contra Fogasa, Armadilla, S.L., Manuel Vaqueiro, S.L., Rocas de Porriño, S.L., Granitos Mondariz, S.L., José Ramón López Romero, Granitos Gris Rosa, S.L. sobre otros derechos seguridad social, se ha dictado en fecha 19.9.2018 la siguiente resolución:

«El anterior escrito suscrito por el letrado Alfredo Briales de Porcioles, en representación de Francisco Troncoso Troncoso, se une al recurso de su razón.

Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina. Fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala, a la cual se une testimonio de la sentencia alegada de contraste dictada por esta sala en el RSU 1821/16.

Emplácese a las partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días.

Emplácese a Rocas de Porriño, S.L., a través del Diario Oficial de Galicia (DOG)

Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.

La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.

Comuníquese al Juzgado de lo Social número 2 de Vigo que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno».

Y para que sirva de notificación y emplazamiento en legal forma a Rocas de Porriño, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 19 de septiembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia