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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Miércoles, 17 de octubre de 2018 Pág. 46107

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 8 de Vigo

EDICTO (922/2016).

Mª Luisa Represa Grarzo, secretaria del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Vigo, hace saber que en el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

«Susana Álvarez García, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Vigo, ha visto los autos señalados con el nº 922/2016, seguidos por los trámites del juicio ordinario a instancia de Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representada por la procuradora Araceli Barrientos Barrientos y asistida del letrado Luis Sanjiao García, contra Begoña Vidal Lorenzo, en rebeldía, y dicta el siguiente

Fallo:

Que estimando la demanda formulada en autos de juicio ordinario nº 922/2016 por la procuradora Araceli Barrientos Barrientos, en nombre y representación de Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., contra Begoña Vidal Lorenzo, sobre incumplimiento contractual, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de trece mil cuarenta y nueve euros con sesenta y seis céntimos (13.049,66 euros), incrementada con el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda, y con imposición a la demandada de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado, del que conocerá la Audiencia Provincial de Pontevedra, en el plazo de 20 días a partir de su notificación (artículo 458.1 de la LEC), previo depósito de la suma de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del juzgado.

Únase esta resolución al libro de su clase, dejando en los autos testimonio de la misma.

Así, por esta mi sentencia, fallando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo, en Vigo a 21 de julio de 2017».

Y, como consecuencia del ignorado paradero de Begoña Vidal Lorenzo, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Vigo, 25 de junio de 2018

La letrada de la Administración de justicia