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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Miércoles, 17 de octubre de 2018 Pág. 46111

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 185/2018).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales 185/2018 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Joaquín Pájaro Varela contra Fogasa, Mármoles Alende, S.L., se han dictado las siguientes resoluciones:

«Auto.

Magistrada jueza: Ana Maria Souto González.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2018.

Antecedentes de hecho.

Primero. Joaquín Pájaro Varela ha solicitado la ejecución de la sentencia número 257/2018 de 7 de junio de 2018 dictada en el procedimiento DOI 553/2017 frente a Mármoles Alende, S.L., Fogasa.

Fundamentos de derecho.

Primero. El ejercicio de la potestad jurisdiccional juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales determinados en las leyes y en los tratados internacionales (artículo 117 de la CE y artículo 2 de la LOPJ).

El artículo 237.2 de la LJS establece que la ejecución de sentencias firmes se llevará a cabo por el órgano judicial que hubiere conocido del asunto en instancia, por lo que corresponde a este juzgado de lo social número 1 el despacho de la ejecución de este título judicial.

Segundo. La ejecución se iniciará a instancia de parte, y una vez iniciada la misma se tramitará de oficio dictándose al efecto las resoluciones necesarias (artículo 239 de la LJS).

Tercero. Habiendo transcurrido el término establecido en el artículo 279 de la LJS, 138.8 de la LJS, sin que conste que la empresa demandada haya procedido a la readmisión del/de los trabajador/es en el plazo y condiciones legalmente previsto, corresponde, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 de la LJS, despachar ejecución de lo resuelto en sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva.

Dispongo:

– Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante Joaquín Pájaro Varela frente a Mármoles Alende, S.L., Fogasa parte ejecutada.

– De conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 de la LJS y conforme a lo solicitado en la demanda ejecutiva, por la letrada de la Administración de justicia se señalará fecha para vista del incidente.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

La magistrada

La letrada de la Administración de justicia».

«Diligencia de ordenación.

Letrada de la Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2018.

Habiendo presentado el trabajador Joaquín Pájaro Varela exigiendo el cumplimiento por el empresario Mármoles Alende, S.L. de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de 18 de septiembre de 2018, de conformidad al artículo 280 de la LJS, acuerdo:

– Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y fijo el próximo día 13 de diciembre de 2018 a las 11.55 horas para la celebración de la comparecencia en la sala de audiencias número 3 de este juzgado.

De no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.

Asimismo, acuerdo la citación del ejecutado Mármoles Alende, S.L. por medio de edictos, habida cuenta que se haya en ignorado paradero.

Sirva de citación la notificación de la presente resolución a las partes personadas.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación.

La letrada de la Administración de justicia».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Mármoles Alende, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 18 de septiembre de 2018

La letrada de la Administración de justicia