El 22 de junio de 2018 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 28 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la consolidación de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificados en la RIS3 para Galicia, y se convocan para el año 2018.
El artículo 26.2 de la Resolución de 28 de mayo de 2018 establecía los siguientes plazos de justificación:
Plazos de presentación de la documentación:
Año 2018 |
Hasta el 10 de octubre de 2018 |
Año 2019 |
Hasta el 10 de octubre de 2019 |
Año 2020 |
Hasta el 10 de octubre de 2020 |
Año 2021 |
Hasta el 10 de octubre de 2021 |
Períodos de realización de gastos (emisión de facturas) y realización de pagos de los gastos ejecutados:
Año 2018 |
Desde la fecha de firma del acuerdo de consolidación de la unidad mixta (que no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda) hasta el 30 de septiembre de 2018 |
Año 2019 |
Desde el 1 de octubre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019 |
Año 2020 |
Desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020 |
Año 2021 |
Desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021 |
El 6 de septiembre de 2018 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 31 de agosto de 2018 por la que se modifican los plazos de justificación establecidos en el artículo 26 de la Resolución de 28 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la consolidación de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificados en la RIS3 para Galicia, y se convocan para el año 2018.
El artículo único de la Resolución de 31 de agosto de 2018 establecía los siguientes plazos de justificación:
Plazos de presentación de la documentación:
Año 2018 |
Hasta el 2 de noviembre de 2018 |
Año 2019 |
Hasta el 10 de octubre de 2019 |
Año 2020 |
Hasta el 10 de octubre de 2020 |
Año 2021 |
Hasta el 10 de octubre de 2021 |
Períodos de realización de gastos (emisión de facturas) y realización de pagos de los gastos ejecutados:
Año 2018 |
Desde la fecha de firma del acuerdo de consolidación de la unidad mixta (que no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda) hasta el 31 de octubre de 2018 |
Año 2019 |
Desde el 1 de noviembre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019 |
Año 2020 |
Desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020 |
Año 2021 |
Desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021 |
Teniendo en cuenta la demora en la resolución de dichas ayudas, motivada por la complejidad de las solicitudes presentadas y por el proceso de evaluación de las mismas, y a fin de viabilizar los procesos de ejecución y justificación de las ayudas concedidas para el año 2018 por parte de los beneficiarios resultantes, y dado que no causa perjuicio a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de justificación para el año 2018 establecido en el artículo único de la Resolución de 31 de agosto de 2018.
En consecuencia, en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 17.3 del Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación,
RESUELVO:
Artículo único. Modificación del artículo único de la Resolución de 31 de agosto de 2018 por la que se modifican los plazos de justificación establecidos en el artículo 26 de la Resolución de 28 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la consolidación de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificadas en la RIS3 para Galicia, y se convocan para el año 2018
Queda redactado del siguiente modo:
Plazos de presentación de la documentación:
Año 2018 |
Hasta el 3 de diciembre de 2018 |
Año 2019 |
Hasta el 10 de octubre de 2019 |
Año 2020 |
Hasta el 10 de octubre de 2020 |
Año 2021 |
Hasta el 10 de octubre de 2021 |
Períodos de realización de gastos (emisión de facturas) y realización de pagos de los gastos ejecutados:
Año 2018 |
Desde la fecha de firma del acuerdo de consolidación de la unidad mixta (que no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda) hasta el 30 de noviembre de 2018 |
Año 2019 |
Desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019 |
Año 2020 |
Desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2020 |
Año 2021 |
Desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021 |
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 15 de octubre de 2018
Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación