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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 214 Viernes, 9 de noviembre de 2018 Pág. 48457

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

ORDEN de 26 de septiembre de 2018 de aprobación definitiva de la modificación puntual número 14 del Plan general de ordenación municipal de Mugardos, para la redefinición de la protección del Castro de Mugardos.

El Ayuntamiento de Mugardos remite la modificación puntual referida, solicitando su aprobación definitiva, conforme a lo previsto en el artículo 60.16 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG).

Después de analizar la documentación presentada, y vista la propuesta que en esta misma fecha eleva la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

1. El planeamiento municipal vigente en Mugardos es el Plan general de ordenación municipal (PGOM) aprobado definitivamente el 19 de octubre de 1999 (DOG de 3 de noviembre y BOP de 18 de diciembre).

2. La Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental formuló el informe ambiental estratégico el 22 de mayo de 2017, resolviendo no someterla al procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria.

3. El secretario municipal y el arquitecto técnico emitieron sus informes previos a la aprobación inicial el 1 de agosto de 2017.

4. El Pleno del Ayuntamiento aprobó inicialmente la modificación el 9 de agosto de 2017. Se publicó en los periódicos La Voz de Galicia y Diario de Ferrol de 24 de agosto y en el DOG de 7 de septiembre, sin recibirse alegación alguna.

5. Fueron solicitados los informes sectoriales autonómicos preceptivos, constando la emisión:

– Subdirección General de Planificación y Protección Civil de 26 de septiembre de 2017, sobre innecesariedad del informe de la Comisión Gallega de Protección Civil.

– Dirección General de Patrimonio Cultural de 7 de noviembre de 2017, favorable condicionado.

– Instituto de Estudios del Territorio de 20 de noviembre de 2017, sin objeciones.

– Agencia Gallega de Infraestructuras de 15 de diciembre de 2017, favorable.

No consta la emisión del informe solicitado a la Dirección de Augas de Galicia, habiendo finalizado el plazo previsto en el artículo 60.7 de la LSG en fecha 22 de diciembre de 2017, por lo que se entiende emitido en sentido favorable.

6. Se dio la preceptiva audiencia a los ayuntamientos limítrofes de Ares y Fene, recibiéndose respuesta del Ayuntamiento de Fene en fecha 5 de octubre de 2017, sin objeciones.

7. El ayuntamiento solicitó los siguientes informes sectoriales no autonómicos preceptivos:

– Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital) de 15 de febrero de 2018, favorable.

– Dirección General de Aviación Civil (Ministerio de Fomento) de 7 de mayo de 2018, favorable con condiciones.

8. El secretario municipal emitió informe el 22 de junio de 2018 y la arquitecta técnica emitió informe de 18 de julio, previos a la aprobación provisional.

9. El Pleno del Ayuntamiento aprobó provisionalmente la modificación el 25 de junio de 2018.

II. Objeto y descripción del proyecto.

La modificación tiene como finalidad ajustar la delimitación del área de protección integral del Castro de Mugardos, pasando parte de la misma al área de cautela. La razón de este ajuste es permitir la ampliación del cementerio de San Xiao para satisfacer la demanda social existente sobre terrenos sometidos actualmente a esa protección integral.

Para adaptarse a la LSG, la modificación clasifica la totalidad de los terrenos de suelo rústico del ámbito de protección integral y de cautela como suelo rústico de protección de patrimonio.

III. Análisis y consideración.

Se considera que esta modificación del PGOM está completa y que la documentación recibida es suficiente y conforme con la legislación urbanística correspondiente.

La competencia para resolver sobre la aprobación definitiva del planeamiento general y sus modificaciones corresponde a la conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 61 y 83.5 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y en los artículos 1 y 4 del Decreto 167/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en relación con el Decreto 177/2016, de 15 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia.

IV. Resolución.

En atención a lo expuesto,

RESUELVO:

1. Otorgar la aprobación definitiva a la modificación puntual número 14 del PGOM de Mugardos, para la redefinición de la protección del Castro de Mugardos.

2. Al amparo de lo establecido en el artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y el artículo 212.1 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo inscribirá de oficio la modificación puntal en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia.

3. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 82 y 88.4 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y ordenanzas de la modificación puntual aprobada definitivamente, una vez inscrita la misma en el Registro de Planeamiento Urbanístico.

4. Notifíquese esta orden al Ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 199.2 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero.

5. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2018

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio