De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, en el artículo 10 del Decreto 44/1988, de 11 de febrero, por el que se desarrolla dicha ley, en el artículo 16.1.c) del Decreto 87/1992, de 26 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de régimen interno del Consejo Escolar de Galicia, y atendiendo a la designación formalizada por la Federación de Centros de Educación e Xestión, por propuesta de la conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del dieciocho de octubre de dos mil dieciocho,
DISPONGO:
Artículo 1
Que cese José Ignacio Parajó Calvo como miembro del Consejo Escolar de Galicia, en representación de titulares de centros privados, propuesto por la Federación de Centros de Educación e Xestión.
Artículo 2
Nombrar miembro del Consejo Escolar de Galicia, en las condiciones determinadas en la Ley 3/1986, de 18 de diciembre, de consejos escolares de Galicia, en representación de titulares de centros privados, propuesto por la Federación de Centros de Educación e Xestión a Juana María Otero Torres.
Artículo 3
El mandato del nuevo miembro será por el tiempo que resta para completar el mandato de la representatividad que ostenta.
Disposición final
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, dieciocho de octubre de dos mil dieciocho
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad y Formación Profesional