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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 243 Viernes, 21 de diciembre de 2018 Pág. 53365

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ourense

EDICTO (430/2016).

Yo, Álvaro Garrido Rodríguez, letrado de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ourense, hago saber que en el presente procedimiento juicio ordinario 430/2016, seguido a instancia de Generali España frente a Valor Acumulado, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Vistos por mí, Ana María Gómez Bande, jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Ourense, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos ante este juzgado bajo el número 430 del año 2016, a instancia de Generali España, representado por la procuradora Sra. Ortiz Fuentes y asistido de la letrada Sra. Costoya Vázquez en sustitución de su compañero el letrado Sr. De la Iglesia Caruncho García y, como demandado, Valor Acumulado, S.L., en situación de rebeldía procesal, constando en las actuaciones sus circunstancias personales.

Fallo:

Estimar la demanda interpuesta por Generali España, representada por la procuradora Sra. Ortiz Fuentes y asistida de la letrada Sra. Costoya Vázquez en sustitución de su compañero el letrado Sr. De la Iglesia Caruncho García y, como demandado, Valor Acumulado, S.L., en situación de rebeldía procesal, y condeno al demandado a abonar a la actora la cantidad de 6.573,72 euros más los intereses, según lo dispuesto en el fundamento jurídico segundo in fine y costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra dicha resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, por escrito y expresando los motivos por los que se recurre, ante la Audiencia Provincial de Ourense, de acuerdo con la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica del poder judicial.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Valor Acumulado, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente edicto a fin de que le sirva de notificación en forma.

Ourense, 26 de septiembre de 2018

El letrado de la Administración de justicia