Conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; en el artículo 48 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, y en los artículos 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de presupuestos generales del Estado para el año 2018, y 12 y 35 de la Ley 8/2017, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2018, así como en los Estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela y en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2018 por el que se aprobó la oferta de empleo público del personal de administración y servicios, previa negociación con los órganos de representación del personal de administración y servicios, y de la resolución de autorización emitida por la Consellería de Hacienda de la Xunta de Galicia,
RESUELVO:
Primero. Publicar la oferta de empleo público del personal de administración y servicios de la USC para el año 2018, recogida en los anexos de esta resolución.
Segundo. Esta oferta de empleo incluye las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, según se detalla en los anexos, todo dentro del contexto global de restricción presupuestaria que afecta a las administraciones públicas.
Tercero. Para determinar la tasa de reposición y en aplicación del artículo 19 de la Ley 6/2018, de presupuestos generales del Estado, se tuvo en cuenta el número de jubilaciones y fallecimientos producidos en el año 2017 y que non hubo en este período reingreso alguno.
Cuarto. Además, y en aplicación del artículo citado, se incrementó la tasa en un 8 %, utilizando este porcentaje adicional por darse las circunstancias previstas en la ley, debido a la apertura de nuevos servicios y al alto índice de jubilaciones esperadas.
Quinto. En la presente oferta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 48 de la ya citada Ley de empleo, se establecen los criterios generales, sin perjuicio de las especificidades que se puedan establecer en las convocatorias respectivas.
Se concibe como un instrumento de programación de las necesidades de personal y de racionalización del empleo público y de los procesos de selección del personal al servicio de las administraciones públicas, en los cuales deben primar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.
Sexto. Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 70.3 del texto refundido del Estatuto básico del empleado público, y al artículo 35.3 del Convenio colectivo para el personal laboral de la Universidad de Santiago, se establece como medida de planificación de los recursos humanos la promoción interna, que tiene como principal objetivo, contribuir a la consecución de la eficacia en la prestación de los servicios. A tal efecto, la Administración facilitará la promoción interna como vía para la adquisición de las correspondientes competencias y como requisito necesario para la progresión en la carrera profesional.
Séptimo. Se reserva la cuota del 7 % para personas con discapacidad, de acuerdo con lo establecido en los anexos de plazas objeto de esta oferta. La reserva se realiza en aquellas escalas y categorías en las que las actividades o funciones a realizar son compatibles, en mayor medida, con la posible existencia de una discapacidad. El número de plazas reservadas quedará recogido en las correspondientes bases de las convocatorias.
Las plazas reservadas para discapacidad podrán convocarse conjuntamente con las plazas ordinarias pero garantizando, en todo caso, el carácter individual del proceso.
Octavo. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 19.1 de la Ley de presupuestos generales del Estado para el año 2018, así como a los acuerdos sobre el desarrollo de la estabilidad en el empleo de los servicios públicos, se incluye una tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, incorporando plazas de los servicios de administración y servicios generales que responden a las necesidades estructurales, que están dotadas presupuestariamente y ocupadas de forma temporal e ininterrumpida en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2017.
Noveno. Las convocatorias de las pruebas selectivas de acceso libre derivadas de la presente oferta se publicarán en el Diario Oficial de Galicia y en el Boletín Oficial del Estado, para garantizar la publicidad exigida en el artículo 75.2 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades, y se ejecutarán dentro del plazo máximo previsto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.
Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 2018
Antonio Javier Ferreira Fernández
Gerente de la Universidad de Santiago de Compostela
Oferta de empleo público del personal de administración y servicios de la Universidad de Santiago de Compostela para el año 2018
ANEXO I
Oferta general
|
Promoción interna |
Acceso libre |
||
Subgrupo/grupo |
Escala/categoría |
Cupo general |
Cupo general |
Cupo reserva personas con discapacidad |
Personal funcionario |
||||
A1 |
Escala facultativa de archivos, bibliotecas y museos, esp. bibliotecas de la USC |
1 |
2 |
|
A2 |
Escala de gestión de la USC |
1 |
4 |
|
A2 |
Escala de ayudantes de archivos, bibliotecas y museos; esp. bibliotecas |
1 |
4 |
|
Total plazas personal funcionario |
3 |
10 |
||
Personal laboral |
||||
III |
Técnico especialista informática, esp. administración de sistemas |
1 |
||
III |
Técnico especialista de investigación, esp. biología |
1 |
||
IV.1 |
Oficial de servicios |
3 |
2 |
|
IV.1 |
Conductor |
1 |
1 |
|
Total plazas personal laboral |
6 |
1 |
2 |
|
Total plazas convocadas |
9 |
11 |
2 |
ANEXO II
Oferta estabilización
|
Acceso libre |
||
Subgrupo/grupo |
Escala/categoría |
Cupo general |
Cupo reserva personas con discapacidad |
Personal funcionario |
|||
A1 |
Escala técnica superior de administración de la USC |
7 |
|
A2 |
Escala de gestión de la USC |
3 |
|
C1 |
Escala auxiliar de archivos, bibliotecas y museos |
6 |
1 |
C2 |
Escala auxiliar |
83 |
6 |
Total plazas personal funcionario |
99 |
7 |
|
Personal laboral |
|||
I |
Analista informático |
1 |
|
II |
Ingeniero técnico industrial |
1 |
|
III |
Técnico de investigación, área biología-salud |
8 |
|
III |
Técnico de investigación, área química-física |
5 |
|
III |
Técnico especialista de investigación, esp. química |
1 |
|
III |
Técnico de instalaciones |
1 |
|
IV.1 |
Oficial de servicios |
12 |
3 |
IV.1 |
Especialista de oficios (jardinero) |
1 |
|
IV.1 |
Socorrista |
2 |
|
Total plazas personal laboral |
32 |
3 |
|
Total plazas convocadas |
131 |
10 |