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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 6 Miércoles, 9 de enero de 2019 Pág. 1226

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

ANUNCIO de 27 de noviembre de 2018, de la Subdirección General de Inspección del Transporte, por el que se notifican las resoluciones dictadas en los expedientes sancionadores en materia de transportes terrestres (expediente PO-00343-O-2018 y otro más).

El director general de Movilidad dictó la resolución del expediente sancionador
PO-00343-O-2018 y otro más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.

Intentada la notificación de la resolución por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican las resoluciones dictadas a las personas interesadas.

Se les informa que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas de la Subdirección General de Inspección del Transporte, situadas en la plaza de Europa, 5A, 2º, en Santiago de Compostela.

Se les comunica que contra dicha resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Infraestructuras y Movilidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE.

Santiago de Compostela, 27 de noviembre de 2018

Marta Vázquez Sanjurjo
Subdirectora general de Inspección del Transporte

ANEXO

Expediente

Matrícula

Persona sancionada

DNI/CIF

Infracción cometida

Fecha; hora; carretera; p.k.

Precepto calificador

Precepto sancionador

Sanción impuesta

PO-00343-O-2018

8156-DFW

76803664V

Carecer del tacógrafo o de alguno de sus elementos.

28.10.2017; 18.54.00; N-541; 77,5

Artículo 140.20 de la LOTT

Artículo 143.1.h) de la LOTT

0 €

XC-02776-O-2017

2651-JRL

32869372A

La realización de servicios de taxi o de arrendamiento de vehículos con conductor careciendo de los preceptivos títulos habilitantes o con los mismos suspendidos, anulados, caducados, revocados, sin haber realizado el visado obligatorio o por cualquier otra causa o circunstancia por la que las referidas habilitaciones expedidas para ejercer la actividad ya no sean válidas. En el supuesto de que la infracción consista en la falta de visado obligatorio y éste se realizase con anterioridad a la fecha de resolución del procedimiento sancionador, la infracción tendrá la calificación de leve.

15.7.2017; 9.36.00; SC-21; 1,1

Artículo 60.a) de la Ley 4/2013

Artículo 63 de la Ley 4/2013

0 €