BDNS (Identif:): 436205.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Entidades beneficiarias
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las cofradías de pescadores de Galicia que desarrollen un proyecto colectivo que tenga por objeto modernizar las infraestructuras de los puertos pesqueros, lonjas y lugares de desembarque, para mejorar la seguridad y las condiciones de trabajo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Segundo. Finalidad
El objeto de esta orden es establecer las bases reguladoras generales para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para proyectos colectivos, financiados por el FEMP, para proyectos colectivos que modernicen las infraestructuras en los puertos pesqueros, las lonjas y lugares de desembarque, mediante la mejora de la calidad de los productos, el incremento del control y la trazabilidad de los productos desembarcados, la eficiencia energética y la mejora de la seguridad y las condiciones de trabajo.
También es objeto de esta orden convocar las ayudas para el año 2019 de acuerdo con las bases reguladoras.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 17 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2019 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para proyectos colectivos, financiados por el FEMP, de modernización de los puertos pesqueros, lonjas y lugares de desembarque, para la mejora de la calidad, el incremento del control y la trazabilidad de los productos desembarcados, la eficiencia energética y la mejora de la seguridad y las condiciones de trabajo, tramitadas como expediente anticipado de gasto.
Cuarto. Importe
El crédito presupuestario para las solicitudes de ayuda tramitadas durante el ejercicio del año 2019 y plurianualidad asociada alcanza el importe de un millón quinientos mil seiscientos sesenta y seis euros con noventa céntimos (1.500.666,90 euros), repartidos en las siguientes anualidades:
Partida presupuestaria |
Año 2019 |
Año 2020 |
Total |
15.03.514A.781.0 |
800.000,00 € |
700.666,90 € |
1.500.666,90 € |
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la orden.
Se entenderá como último día del plazo para la presentación de solicitudes el correspondiente al mismo ordinal del día de su publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.
Santiago de Compostela,17 de diciembre de 2018
María Isabel Concheiro Rodríguez-Segade
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar