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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 22 Jueves, 31 de enero de 2019 Pág. 6247

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Resolución de 26 de diciembre de 2018, de la Secretaría General de Medios, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas que realicen publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019. Tramitación anticipada de gasto. (Código de procedimiento PR858A).

BDNS (Identif.): 436229.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

1. Las entidades beneficiarias de estas ayudas serán las empresas periodísticas inscritas en el Registro Mercantil que hayan realizado publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego durante el año natural anterior al de la correspondiente convocatoria.

2. Quedan excluidas de la concesión de ayudas:

a) Los boletines de información interior o de instituciones.

b) Las publicaciones de organizaciones políticas, empresariales, profesionales, sindicales o de entidades públicas.

c) Las publicaciones que se distribuyan como suplemento o de forma conjunta con otra publicación.

d) Las publicaciones que, estando sometidas al control de la Oficina de Justificación de la Difusión (OJD), no presenten el certificado acreditativo de la difusión expedido por dicho organismo.

e) Las publicaciones que durante el año natural anterior al de la correspondiente convocatoria no se hayan publicado en gallego normativizado.

f) Aquellas publicaciones que no se hubiesen editado durante el año natural anterior al de la correspondiente convocatoria o no mantengan su actividad en el momento de la solicitud de la subvención.

Segundo. Objeto

1. De acuerdo con el artículo 2 del Decreto 103/1994, de 21 de abril, por el que se establecen ayudas dirigidas a las publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego normativizado, estas ayudas económicas tienen por objeto la expansión y difusión del gallego normativizado y de la cultura en las tareas de información periodística.

2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia no competitiva.

Tercero. Bases reguladoras

Las bases reguladoras están establecidas en la Resolución de 26 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas que realicen publicaciones periódicas escritas íntegramente en gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019.

Cuarto. Importe

La concesión de las ayudas reguladas en esta resolución se financiará con cargo a la aplicación 04.20.461A.470.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma vigentes en el año 2019 por importe de 40.000 euros, sin perjuicio de ulteriores variaciones producidas como consecuencia de una mayor disponibilidad presupuestaria, en los términos del artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2018

Mar Sánchez Sierra
Secretaria general de Medios