Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Lunes, 4 de febrero de 2019 Pág. 7083

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2019, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publica la Resolución de 28 de diciembre de 2018 de las ayudas convocadas en la Orden de 17 de julio de 2018 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido, parcialmente cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para los años 2018, 2019, 2020 y 2021.

Mediante la Orden de 17 de julio de 2018 (DOG núm. 146, de 1 de agosto) se publicaron las bases reguladoras de las ayudas de la Consellería de Política Social para la puesta en marcha de casas nido y la convocatoria para el año 2018.

De conformidad con el artículo 16 de dicha orden, la resolución de los expedientes de ayuda, después de la fiscalización de la propuesta haciendo uso de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, corresponde, por delegación, a la directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica de la Consellería de Política Social.

Asimismo, el artículo 17 de la misma orden, establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, entre otras, las correspondientes resoluciones. Esta publicación producirá los efectos de notificación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 28 de diciembre de 2018, dictada en el procedimiento BS403C, de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia (2014-2020), que se adjunta a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 28 de diciembre de 2018 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, las personas propuestas como beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días computado a partir del día siguiente de la publicación para su aceptación, transcurrido el cual sin que se produjera manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada.

Santiago de Compostela, 18 de enero de 2019

María Amparo González Méndez
Directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO

Resolución de 28 de diciembre de 2018 dictada en el procedimiento BS403C
de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido cofinanciadas
por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia (2014-2020)

Vista la propuesta de resolución de la Subdirección General de Demografía y Conciliación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.5 de la Orden de 17 de julio de 2018, por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido y se convocan para el año 2018 (cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020), y fiscalizada ésta, haciendo uso de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

RESUELVO:

Primero. Conceder a las personas que se relacionan en el anexo I las ayudas convocadas en dicha orden de convocatoria con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.312B.770.0.

Esta ayuda pública está cofinanciada en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, en particular:

Objetivo temático 10: invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y aprendizaje permanente.

Prioridad de inversión 10.5-Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y aprendizaje permanente, mediante el desarrollo de las infraestructuras en educación y formación.

Objetivo específico 10.5.1-Mejorar las infraestructuras de educación y formación.

Actuación 10.5.1.4b-Ayudas a la inversión en centros de atención a la primera infancia de 0-3 años y casas nido.

Categoría de intervención CE052-Infraestructuras para la atención y la educación de la primera infancia.

Lo que exige el cumplimiento de la normativa aplicable a este fondo, en particular, el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y el Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, la Orden HPF/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020, así como su normativa comunitaria, estatal y autonómica de desarrollo.

La concesión de esta ayuda supone que el beneficiario acepta ser incluido en la lista pública de operaciones prevista en el artículo 115.2 del Reglamento (UE) nº 1303/2013. Asimismo, el beneficiario deberá cumplir los requisitos de publicación y comunicación en relación con la publicidad de la financiación, de conformidad con lo previsto en el anexo XII, punto 2.2, del referido Reglamento (UE) nº 1303/2013.

El método aplicado para determinar el importe subvencionable y el importe de la subvención es el de costes reales.

Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 17 de julio de 2018.

La justificación de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 de la orden de convocatoria.

Con la solicitud de pago la persona beneficiaria deberá informar sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad asociados a esta convocatoria de ayudas.

El pago de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Orden de 17 de julio de 2018.

Las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de 2 meses contados a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para presentar la documentación prevista en las letras m) a q) del artículo 11.1, en el caso de que no hubiera sido presentada con la solicitud, así como para acreditar el acondicionamiento del inmueble de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.c) de la Orden de 17 de julio de 2018. Este plazo será de 3 meses en el caso de cooperativas de trabajo asociado en proceso de constitución.

Segundo. Establecer en el anexo II la relación de solicitudes susceptibles de ayuda pero que por haberse agotado el crédito quedan en reserva para ser atendidas en los supuestos establecidos en el artículo 14.9.

Tercero. Denegar a las personas relacionadas en el anexo III las ayudas solicitadas por las causas que se detallan.

Cuarto. Esta resolución que finaliza el procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de diciembre de 2018. La conselleira de Política Social. P.D. (Artículo 16 de la Orden de 17 de julio de 2018; DOG núm. 146, de 1 de agosto). Mª Amparo González Méndez, directora general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica.

ANEXO I

Ayudas concedidas

Nº expte.

Solicitante

NIF

Nombre de la casa nido

Ayuntamiento

Provincia

Puntuación

Importe inversión

Importe prima años 2019, 2020 e 2021

4

Cristina Barja Blanco

34629054R

Lala

Vilardevós

Ourense

112,50

15.000 €

58.800 €

2

Rita Doallo Álvarez

44454563W

A Parruliña

Taboadela

Ourense

107,50

15.000 €

58.800 €

18

Cooperativa Entelequia

35598557P

A entelequia de Aranga

Aranga

A Coruña

107,50

14.910,76 €

58.800 €

23

Mª Luz Trenco Puente

33278934G

Novo Mencer

Irixoa

A Coruña

105,00

14.990,80 €

58.800 €

25

Lucía Novoa Joga

44474166D

Lodoselo

Sarreaus

Ourense

102,50

14.695 €

58.800 €

3

Ana Belén Fernández Fernández

44093171D

Axóuxere

Santiso

A Coruña

97,50

15.000 €

58.800 €

15

Mª del Carmen Salgado Atanes

34998905N

Bolboreta

Trasmiras

Ourense

97,50

14.200 €

58.800 €

16

Cooperativa Entelequia

32711569A

A entelequia de Monfero

Monfero

A Coruña

97,50

15.000 €

58.800 €

17

Cooperativa Entelequia

45908562X

A entelequia de Vilarmaior

Vilarmaior

A Coruña

97,50

15.000 €

58.800 €

14

Henar Yáñez Prado

33553240N

O Páramo

O Páramo

Lugo

97,50

15.000 €

58.800 €

12

Ana Mª Iglesias Rodríguez

53308839Z

Neno

Vilasantar

A Coruña

97,50

15.000 €

58.800 €

5

Susana Ontiveros García

76720655S

Os Pipiolos

Petín

Ourense

95,00

15.000 €

58.800 €

6

Ana Bamonde Codesal

76580167B

O Meu Ben

Rábade

Lugo

87,50

14.990 €

58.800 €

9

Rocío Pombo Castrillón

33561191M

Entrepeques

Triacastela

Ourense

87,50

15000 €

58.800 €

11

Laura Cancio Valcarce

32718842P

Bolboreta

A Capela

A Coruña

87,50

15.000 €

58.800 €

ANEXO II

Solicitudes en reserva

Nº expte.

Solicitante

NIF

Casa nido

Ayuntamiento

Puntuación

Ayuda inversión

7

Carla Alonso Álvarez

76728476Q

Vilardevós

Vilardevós

112,50

13.938,10 €

20

Sandra Rivera Blanco

76730873K

Axóuxere

Taboadela

107,50

13.599,73 €

22

Noemí González Pérez

44478840Z

A Raíz

Xunqueira de Espadañnedo

87,50

15.000 €

24

Sara Seijas Sanfiz

33553167P

Todos somos uno

Rábade

87,50

6.697,89 €

8

Antía Fernández Vázquez

44655243F

Agarimo

Montederramo

82,50

15.000 €

21

Tamara González Ferreiro

44469237W

As Bubelas

Vilar de Barrio

80,00

15.000 €

1

Eva Justo Rodríguez

34630275A

Eva Justo Rodríguez

Monterrei

97,50

15.000 €

ANEXO III

Solicitudes inadmitidas/denegadas


expte.

Solicitantes

NIF

Ayuntamiento

Provincia

Causa

10

Andrea Rodríguez Freire

34995185H

A Bola

Ourense

Emplazamiento casa nido en un ayuntamiento con recurso de atención a la 1ª infancia en la fecha de emisión del informe de instrucción.

13

Ester Pérez Tato

33558447K

Baleira

Lugo

No contestar a requerimiento de enmienda y documentación publicado en la Resolución de 20 de septiembre de 2018 (DOG núm. 189, de 3 de octubre).

19

Álvaro Araújo Fernández

44659299S

Rairiz de Veiga

Ourense

Emplazamiento casa nido en un ayuntamiento con recurso de atención a la 1ª infancia en la fecha de emisión del informe de instrucción.