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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Lunes, 4 de febrero de 2019 Pág. 7201

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

EXTRACTO de la Orden de 21 de diciembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2019 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos, financiados por el FEMP, para la conservación y restauración de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos en el marco de actividades marisqueras sostenibles, tramitada como anticipado de gasto.

BDNS (Identif.): 437123.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las cofradías de pescadores, las organizaciones de productores, las cooperativas del mar, las asociaciones de profesionales del sector y las demás entidades asociativas jurídicamente reconocidas y constituidas por profesionales del sector, siempre que sean entidades titulares de planes marisqueros en régimen de cogestión y tengan la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras generales y la convocatoria para el año 2019 para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a proyectos colectivos, financiados por el FEMP, para la conservación y restauración de la biodiversidad y de los ecosistemas marinos en el marco de actividades marisqueras sostenibles (código PE209B).

Tercero. Cuantía

Las subvenciones que se convocan mediante esta orden se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.723A.770.1 del presupuesto de gastos de la Consellería del Mar para el año 2019, por importe total de 2.310.000 €, distribuidos en 1.230.000 € para la anualidad de 2019 y 1.080.000 euros para la anualidad de 2020.

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes

1. Las solicitudes de ayudas podrán ser presentadas desde el día siguiente al de la publicación de esta orden, a lo largo del período del programa operativo 2014-2020, hasta el 1 de marzo de 2020.

2. Con las solicitudes presentadas hasta el 1 de marzo de cada año podrá realizarse una primera fase de adjudicación de ayudas.

3. De no agotarse el crédito presupuestario para la anualidad correspondiente, podrá realizarse una nueva fase de adjudicación de ayudas con las solicitudes presentadas hasta el 1 de septiembre de cada año, siempre dentro de los límites de crédito disponible.

Santiago de Compostela, 21 de diciembre de 2018

María Isabel Concheiro Rodríguez-Segade
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar