Advertidos errores en dicha resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 4, de 7 de enero de 2019, es necesario hacer la siguiente corrección:
En la página 629, artículo 21, número 3, letra d), donde dice: «Prorrateo inversión/potencia de la instalación (hasta 10 puntos). Se evaluará en relación a los prorrateos de inversión máxima elegible por potencia del proyecto según bases. Se otorga 0 puntos a los proyectos cuyo prorrateo inversión/potencia supere un 120 % del coste máximo elegible que le corresponde por sus características y la puntuación máxima para aquellos cuyo prorrateo sea inferior al 80 % del coste máximo elegible. El resto de los proyectos se puntuarán proporcionalmente.», debe decir: «Prorrateo inversión/potencia (hasta 5 puntos). Se evaluará en relación con los prorrateos de inversión máxima elegible por potencia del proyecto según bases. Se otorgan 0 puntos a los proyectos cuyo prorrateo inversión/potencia supere un 120 % del coste máximo elegible que le corresponde por sus características y la puntuación máxima para aquellos cuyo prorrateo sea inferior al 80 % del coste máximo elegible. El resto de los proyectos se puntuarán proporcionalmente.».