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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 54 Lunes, 18 de marzo de 2019 Pág. 14529

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (PO 874/2015).

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 874/2015 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de María Flora Gómez Outeiral contra la empresa Rías Baixas, S.L., Natalia Torrado Viturro, Tomate Mas Fruta, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda presentada a instancia de María Flora Gómez Outeral contra la entidad Tomate Mas Fruta, S.L., y, en consecuencia, condeno a la demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.173,62 euros como cantidades adeudadas en concepto de cantidades adeudadas más el interés de mora del 10 % sobre dicha cantidad.

Se desestima la demandada presentada a instancia de María Flora Gómez Outeiral contra Natalia Torrado Viturro, y contra la entidad Rías Baixas, S.L., y en consecuencia, las absuelvo de las pretensiones contra ellas dirigidas.

Todo sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de suplicación a presentar en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de notificación de la presente, ante este órgano de justicia para ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, previa consignación legalmente prevista a tal efecto en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado, respetando las consideraciones y requisitos previstos en los artículos 190 y 191, ambos de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

Así lo acuerda, manda y firma.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Rías Baixas, S.L. y Tomate Mas Fruta, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2019

La letrada de la Administración de justicia